Economia
La batalla legal por los neuroderechos
Los avances en inteligencia artificial y neurotecnología se están apoderando de la agenda mediática mundial, pero poco a poco la discusión comienza a trasladarse a los campos ético y regulatorio. Chile no es la excepción y el primer caso en el mundo vinculado a la protección de los neuroderechos (derechos del cerebro) llegó a la Corte Suprema, luego de ser rechazado por la Corte de Apelaciones de Santiago en mayo pasado.
En abril de 2022, el exsenador y cirujano Guido Girardi -uno de los impulsores de la reforma constitucional que consagró la protección de los neuroderechos en el artículo 19 y un proyecto de ley que busca regular las neurotecnologías- a través de los abogados Ciro Colombara y Aldo Díaz, del Estudio Colombara , presentó un recurso de amparo de neuroderechos contra la empresa Emotiv, con sede en San Francisco, Estados Unidos.
El recurso apunta a la venta en Chile de Emotive Insight, uno de los dispositivos desarrollados por la empresa de bioinformática fundada en 2013 por Tan Le y Geoff Mackellar, que a través de electrodos que se conectan al cuero cabelludo de las personas permite monitorear su actividad cerebral. , que se almacena en la cuenta del usuario, en la nube de la empresa.
De acuerdo con el fallo de la Corte de Apelaciones, Girardi, luego de adquirir el dispositivo y consentir su uso, argumentó en el recurso que Insight no protege la información de los usuarios, lo que violaría varios numerales del artículo 19 de la Constitución y no permitiría la cancelación de datos cerebrales, que quedarían almacenados en la nube de Emotiv, a riesgo de ser compartidos con terceros.
Emotiv Insight se puede utilizar con fines recreativos y de I+D.
En el recurso se solicitó ordenar a la empresa modificar sus políticas de protección de datos cerebrales de sus usuarios en Chile; abstenerse de vender el dispositivo hasta que cambie sus políticas; y eliminar inmediatamente la información del cerebro de Guido Girardi de su base de datos. La Corte sólo aceptó este último.
El abogado que auspicia el recurso de amparo, Ciro Colombara, señaló que sin perjuicio de que la sentencia de la Cámara de Apelaciones les otorgue “parcialmente la razón”, pues ordena a Emotiv eliminar los neurodatos en los términos en que la empresa ofreció “No nos satisface que no haya atendido el resto de nuestras solicitudes, especialmente para modificar sus políticas de privacidad respecto a los datos cerebrales. Por ello, hemos apelado a la Corte Suprema y confiamos en que la justicia chilena terminará aceptando todas nuestras peticiones”, afirmó.
neurotecnología
Emotive -que opera en EE.UU., Australia y Vietnam y vende sus tecnologías en un centenar de países- se define como una empresa de bioinformática “que promueve la comprensión del cerebro humano a través de la electroencefalografía, cuya misión es permitir que las personas comprendan su propio cerebro y acelerar la investigación del cerebro a nivel mundial”, dice su sitio web.
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Detrás de la defensa de Emotiv están las abogadas Andrea Lobos y Fernanda Olmedo, socias de Andes IP, quienes afirmaron que Insight es una “neurotecnología no invasiva” y “habilitante” con fines recreativos -como la meditación- o de Investigación y Desarrollo (I+D) , pero descartan que sea un equipo de salud que deba estar reglamentado o estar en un registro. “Mide los impulsos, como un reloj que mide el ritmo cardíaco”, dijo Lobos.
Tan Le, co-fundador de Emotiv, está representado por Andes IP.
El abogado precisó que para el nivel de usuario se descarga una licencia que te permite tener todas las funcionalidades y crear una cuenta para almacenar los datos, y para usarlo en I+D hay que adquirir una licencia PRO para acceder a servicios adicionales y a una comunidad. de usuarios especializados en neurociencias, donde “se deben dar otros consentimientos y autorizaciones contractuales, pero es voluntario. No es que sus datos vayan a ser utilizados por otro investigador”, dijo Lobos.
Respecto a la acusación de que el dispositivo vulnera la protección de los neuroderechos, Lobos dijo que Insight “cumple con todos los requisitos que se exigen para proteger la privacidad de los datos de los usuarios” y que los riesgos señalados en el recurso son más bien “especulativos”, “y no son inminentes o que puedan ser subsanados mediante una acción constitucional, porque son los riesgos potenciales de cualquier plataforma”.
En relación a este punto, Colombara señaló que “el recurso no discute riesgos especulativos, sino daños reales, como la apropiación de datos cerebrales, sin perjuicio de que este recurso ampare incluso contra amenazas a un derecho”.
El recurso también apunta al mantenimiento de los datos cerebrales de los usuarios de Insight en la nube de Emotiv y su posible exposición a terceros. Sobre este punto, Lobos indicó que si bien estos se encuentran almacenados en distintos servidores de la empresa, la “información obtenida es anonimizada y separada de los datos personales, los cuales cumplen con los requisitos de encriptación”.
Sin embargo, Colombara descartó que los datos sean anonimizados y por ello el recurso ante el Supremo añade nuevas consideraciones: “Añadimos la propia conducta de la empresa Emotiv en el recurso, ya que implícitamente reconoció tener en su poder los datos cerebrales del recurrente (Guido Girardi) ya que ofreció eliminarlos, lo que también refuta su afirmación de que los datos cerebrales serían anonimizados. Si ofrecen eliminar los datos cerebrales del recurrente es porque ellos los tienen y porque saben perfectamente quién es el dueño”, dijo el abogado.
un recurso histórico
Colombara destacó que este es el primer recurso para la protección de los neuroderechos que se presenta a nivel mundial. Esto, debido a que Chile fue el primer país en aprobar una reforma constitucional que los ampara en la Carta Marga.
“El fallo de la Corte Suprema seguramente sentará un precedente no solo para Chile, sino también a nivel internacional, porque es el único país del mundo que tiene protección constitucional de los neuroderechos y este caso está siendo seguido de cerca a nivel internacional”, aseveró.
Por su parte, Lobos de Andes IP, señaló que si bien Chile optó por tener una norma de neuroderechos, “el camino que están siguiendo los países son guías orientativas, pero no vinculantes”.
También destacó que la sentencia de la Corte de Apelaciones se hace cargo de la discusión de los neuroderechos y “consideramos que abordó correctamente la interpretación de lo que actualmente existe en la regulación y lo que indica la Corte Suprema es una novedad en desarrollo y habrá que esperar”. por el pronunciamiento dijo Lobos.
Sin embargo, indicó que existe mucha desinformación en torno a estos temas y que si bien regular o no este tipo de dispositivos es un tema que le corresponde a los legisladores, si se reglamenta demasiado, “podría poner un escollo en la investigación y desarrollo alrededor del cerebro humano”, dijo.
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