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Economia

La Cámara despacha a ley proyecto de infraestructura crítica

Martina E. Galindez

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La semana pasada la Cámara del Senado aprobó –por 37 votos a favor, uno en contra y tres abstenciones– y envió a la Cámara el informe de la Comisión Mixta del proyecto que regula el estado de alerta para evitar daños a infraestructuras críticas, que hoy lunes se votó en la Cámara de Diputados, aunque con menor amplitud que la alcanzada en el Senado, debido a que los diputados del pacto Aprueba Dignidad rechazaron en su mayoría o se abstuvieron. A pesar de todo, la reforma logró eludir al Congreso y estaba lista para ser promulgada.

A pesar de las reticencias del gobierno respecto al proyecto, la iniciativa, que necesitó de 93 votos para ser aprobada, llegó a 97 a favor, 17 en contra y 28 abstenciones.

El pacto oficial Aprueba Dignidad no concurrió con sus votos para dar luz verde a la reforma, con lo cual el gobierno no tendrá que seguir pidiendo permiso al Congreso cada 15 días para prorrogar, si se vuelve a requerir, el estado de emergencia en la Macrozona Sur.

Pero ese no es el único objetivo de la propuesta, ya que de lo que se trata es de que en su caso, otorga al Presidente de la República la facultad de decretar que las Fuerzas Armadas puedan proteger la infraestructura crítica del país cuando exista peligro grave o inminente, a través de un decreto supremo que deberá ser firmado por los Ministros del Interior y de Defensa.

¿Qué es la infraestructura crítica?

Según la reforma, Infraestructura crítica es “el conjunto de instalaciones, sistemas o servicios esenciales de utilidad pública, así como aquellos cuya afectación cause daños graves a la salud o al abastecimiento de la población, a la actividad económica, al medio ambiente o a la seguridad del país” .

Se entiende incluida en el concepto de infraestructura crítica que “indispensables para la generación, almacenamiento y distribución de servicios y suministros básicos para la población, como energía, agua o telecomunicaciones; la relativa a la conexión por carretera, aérea, terrestre, marítima, portuaria o ferroviaria, y la correspondiente a los servicios de utilidad pública, tales como la asistencia sanitaria o los sistemas asistenciales”.

Sin embargo, Esta atribución no podrá significar la “suspensión, restricción, limitación o afectación de los derechos y garantías consagrados en la Constitución o en los tratados internacionales sobre derechos humanos”. ratificados por Chile y que se encuentran vigentes” y las Fuerzas Armadas en ningún caso podrán asumir funciones relacionadas con el control o restablecimiento del orden público y deberán respetar en todo momento los derechos humanos.

Esta medida no podrá prorrogarse por más de 60 días y para una prórroga similar, deberá concurrir el Presidente a autorización del Congreso.contabilizando las medidas que se han adoptado durante los primeros 60 días.

Después del resultado de la votación, El ministro de la Segpres, Giorgio Jackson, advirtió que su ministerio, junto con el Interior y la Defensa, deberá elaborar la normativa necesaria para la implementación de la norma “contar con el marco legal y regulatorio que nos permita poder utilizar esta herramienta” y que cuando esté lista “no tendremos problema en encontrar cuál es la mejor herramienta para enfrentar los desafíos que enfrenta nuestro país y en especial la Macrozona Sur”.

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