Mesa de la Convención responde a acusación de Larraín Matte: afirma que reglamento general les permite introducir correcciones al borrador para dar cumplimiento a “principio de coherencia”

Luego de que el vicepresidente adjunto de la Convención Constitucional Hernán Larraín Matte (Evópoli) acusara este jueves a la mesa de la redacción de modificar, de manera ilegal, un artículo del texto constitucional sobre consulta indígena aprobado por el pleno, el titular de la la Convención salió a responder en un comunicado.

En este sentido, la mesa sostuvo que en la sesión celebrada durante este día, sus integrantes adoptaron el acuerdo de “interpretar, de conformidad con la facultad contenida en el artículo 39, letra u) del reglamento general, que el consejo de administración tiene la facultad de introducir rectificaciones en el texto constitucional, para dar cumplimiento al principio de coherencia consagrado en el artículo 3, letra a), del mismo reglamento”.

A través de un comunicado, la mesa explicó que “dicho acuerdo tuvo por objeto dar contenido a las recomendaciones formuladas por la Secretaría Técnica en virtud de la atribución conferida en el artículo 60, letra c) como consecuencia del rechazo de algunos indicios de armonización por parte de la plenas, y las formuladas por la Secretaría de la Convención Constituyente en virtud de lo dispuesto en el punto 5 del Protocolo para el Debate y Votación en el Pleno de las propuestas de Armonización, emitido por la junta directiva en virtud de la autorización reconocida en el artículo 101 , letra f), del reglamento general”.

En el texto, señalan que “Este acuerdo se adoptó con el voto en contra del vicepresidente Hernán Larraín”.

Los otros ocho integrantes de la mesa -la presidenta, María Elisa Quinteros, su vicepresidente Gaspar Domínguez, y los vicepresidentes adjuntos Bárbara Sepúlveda, Natividad Llanquileo, Yarela Gómez, Francisco Caamaño, Luis Jiménez y Tomás Laibe- señalaron que “Con respecto a la declaración pública realizada por el Vicepresidente Hernán Larraín, declaramos que la expresión utilizada para referirse a los pueblos indígenas en la propuesta es ‘pueblos y naciones indígenas’”.

En ese sentido, agregaron que “de hecho, es posible comprobar que en el texto armonizado esta referencia, tras las votaciones en el pleno, se repite más de 30 veces. La sinonimia utilizada obedece a las reglas de lenguaje sencillo que esta Convención ha adoptado para todo el texto, siendo un aspecto clave para la comprensión de la propuesta por parte de los ciudadanos”.

Agregaron que, ante este escenario, y Como consecuencia de la aprobación de algunos indicios de armonización, y el rechazo de otros, persistió una referencia diferente en el artículo 191.2, utilizando la expresión ‘pueblos y naciones preexistentes’”, expresión que, aseguraron desde la mesa, “ también se sustituyó por el pleno en otros artículos”.

En su comunicado, la cabecera concluye señalando que “ante este evidente problema formal de referencia, sin cambiar el sentido de la norma, el consejo de administración, por mayoría de sus miembros, adoptó el acuerdo de corregir la referencia y dar coherencia al texto, de conformidad con las atribuciones antes mencionadas”.

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