Economia
Reforma de pensiones: CFA detecta 11 “riesgos fiscales” y propone una serie de medidas de mitigación
Llegó el día. Desde las 10 de la mañana, el Consejo Fiscal Autónomo (CFA) presenta su esperado informe de análisis sobre el impacto fiscal del proyecto de reforma previsional, tras el acuerdo alcanzado entre el Gobierno y Chile Vamos a ingresar indicaciones al texto la semana pasada .
Las modificaciones, que implican un aumento del aporte cobrado al empleador en un 7% y nuevos fondos y un préstamo que los cotizantes harán al Estado, entre otros, generan un costo fiscal de alrededor de US$ 5.000 millones, con mayores desembolsos para financiar la Pensión Universal Garantizada (PGU) y menor recaudación tributaria por el aumento de aportes.
En la presentación realizada por el presidente del CFA, Jorge Rodríguez Cabello, la entidad advirtió sobre una serie de “riesgos fiscales” en el marco del nuevo sistema, para lo cual propuso una serie de medidas de mitigación.
Específicamente, Detectaron 11 riesgos fiscalescon sus consiguientes medidas de mitigación.
El primer riesgo es la sostenibilidad de los compromisos de gasto fiscal que implica la reforma, donde el riesgo es que la fuente adicional de ingresos permanentes que contribuya a financiar los gastos permanentes de la reforma sea la Ley de Cumplimiento Tributario, que en el régimen se espera recaudar el equivalente a 1,5% del PBI anual.
“Como se discutió en el marco de dicho proyecto, existe cierta incertidumbre respecto del monto a recaudar y la gradualidad con la que se realizará. Al mismo tiempo, dicho cobro se requiere no sólo para nuevos gastos en materia previsional. La recomendación del CFA en su momento fue que debía haber una correspondencia entre ingresos y gastos, considerando su cantidad y temporalidad”, señala el informe.
Como mitigación, el CFA propone comenzar con un nivel más bajo de compromisos de gasto fiscal, y activar su aumento (ya sea en cobertura o monto de beneficios) en la medida que se cumplan ciertas condiciones a través de activadores automáticos. Por ejemplo, en función del logro de umbrales de ingresos estructurales como porcentaje del PIB, el cumplimiento de los objetivos de superávit estructural y el crecimiento económico.
Un segundo riesgo está relacionado con el seguimiento integral de los riesgos fiscales del Gobierno Central y del Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP).
Según la CFA, El proyecto de ley define al FAPP como una entidad separada del Gobierno Central, mientras que la regla fiscal dual vigente en Chile se aplica sólo al Gobierno Central. Asimismo, el alcance de la acción legal del CFA es “contribuir a la gestión responsable de la política fiscal del Gobierno Central”. En ese sentido, Los riesgos fiscales del FAPP (que incluye un importante componente de deuda a través de préstamos de contribuyentes en su primera etapa) podrían estar fuera de las reglas y de las instituciones fiscales del país.advirtió el Consejo.
Como medida de mitigación, el CFA indicó que se deben implementar mecanismos que permitan a las instituciones fiscales y a las reglas fiscales realizar un seguimiento “integral” de los riesgos fiscales, particularmente de la deuda, incluyendo al Gobierno Central y al FAPP (que incluso podría extenderse a otros entidades públicas del gobierno general).
“Se sugiere comprometerse a estudiar la adecuada cobertura de los riesgos fiscales considerando la creación del FAPP fuera del Gobierno Central, e implementar mejoras, de ser necesario. Para ello, se sugiere que el Ministerio de Hacienda realice, en el corto plazo, un estudio con un organismo internacional, sobre las mejores prácticas internacionales para abordar este desafío, abarcando aspectos como la definición del perímetro de Gobierno más adecuado para la aplicación de las reglas fiscales, tipos y periodicidad de los informes de riesgo que deben estar preparados y alcance de acción del CFA”, agregó Rodríguez.
Un tercer riesgo está relacionado con el papel del Fondo de Reserva de Pensiones (FRP) como instrumento de apoyo a la financiación de las obligaciones tributarias sobre pensiones. El FRP otorgará un préstamo por US$900 millones para financiar parte de los beneficios que brindará el Seguro Social durante los primeros años.
Según la CFA, la función legal del FRP es complementar el financiamiento de las obligaciones fiscales derivadas de la Pensión Universal Garantizada, la pensión básica solidaria de invalidez y el aporte previsional.
solidaridad con la discapacidad.
“Con los recientes cambios legales en esta materia, más el presente proyecto de ley, las reglas de acumulación y uso de FRP no serían compatibles, perdiendo efectividad en su función que ha sido relevante en el pasado”, Señaló Rodríguez.
Así, como medida de mitigación, se propone vincular las reglas para la acumulación y utilización del FRP a las necesidades de financiamiento del Gobierno Central para el componente no contributivo del sistema de pensiones.
“Para ello, sus reglas deben actualizarse explícitamente a la luz del nuevo escenario de compromisos fiscales previsionales del Gobierno Central. Se debe realizar una evaluación en el corto plazo para actualizar estas reglas, para luego implementarlas en los instrumentos legales correspondientes. “, añadió.
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