SUSANA JIMENEZ
Casi nadie no querría un buen acuerdo de pensiones que permita aumentar las pensiones de las personas. La pregunta es qué aspectos de la reforma propuesta por el Ejecutivo apuntan a este propósito y cuáles no.
Hay dos aspectos fundamentales. El primero está relacionado con lo que podríamos llamar “justicia previsional”, que pretende superar la pobreza en la vejez, evitar la discontinuidad de los ingresos en la jubilación y avanzar en la equidad entre hombres y mujeres. La segunda, que podemos denominar “libertad de pensión”, significa que las personas pueden elegir el sistema de su preferencia, lo que implica necesariamente fortalecer la competencia.
“Los aspectos problemáticos de la reforma de pensiones muestran que un par de indicaciones no son suficientes para mejorarla. Es necesario acordar una reformulación de la propuesta que dé garantías reales de beneficios para los jubilados.
En materia de “justicia previsional”, la implementación de la PGU cambió drásticamente el diagnóstico bajo el cual se elaboró la propuesta de reforma previsional, ya que se habrá triplicado el presupuesto para apoyar a los sectores de menores ingresos. La clase media, por su parte, podría verse muy afectada por la propuesta, ya que la tasa de reemplazo de las personas de ingresos medios, que actualmente es baja, estaría mucho mejor prospectada si el aumento de la cotización estuviera totalmente integrado en sus cuentas. individuos en lugar de asignarlo a un pilar colectivo.
Finalmente, para abordar las inequidades existentes, sería mejor hacerlo con fondos públicos que aplicando un impuesto al trabajo; pero si se quiere perseverar en financiar la compensación (por género, cuidado, hijos u otros) con parte de los aportes, se debe estimar el costo y financiarlo con un pilar solidario, más sin construir cuentas ficticias y expropiatorias como las cuentas nocionales.
Todo lo anterior apunta a una reformulación de la reforma previsional que debe reevaluar la magnitud del alza de aportes ante el impacto de la PGU, destinar una proporción mayoritaria a las cuentas individuales y, eventualmente, construir un pilar solidario colectivo para financiar las indemnizaciones. entre contribuyentes (sin cuentas nocionales). Esto no solo garantiza un mayor ahorro -lo que se traduce en mejores pensiones-, sino que también incentiva la formalidad laboral y evita espacios de discrecionalidad.
En cuanto a la “libertad de pensión”, cabe señalar que no existe una posibilidad real de elección si todo el sistema pasa a ser estatal. La propuesta del Gobierno crea un monopolio estatal en funciones de apoyo y reduce (incluso casi elimina) las opciones para competir en la gestión de fondos. Lo anterior, sin mediar fundamentos creíbles en términos de eficiencia, sino por el contrario, introduciendo serios riesgos en la calidad del servicio, control y manejo de conflictos de interés.
La separación de la industria es otro gran tema que tampoco se justifica. Sin embargo, se podría argumentar -en aras de una mayor competencia- que debe haber un actor estatal y que éste preste servicios a terceros en funciones de apoyo, eliminando así una posible barrera para los nuevos entrantes. Lo más incidental, en todo caso, será la recaudación por saldo en lugar de por aportaciones, ya que promoverá una mayor disputa de los aportantes por vía de precios entre las diferentes administradoras. La libertad de elección, sin embargo, se vería severamente limitada si persisten con el truco de la opción estatal por defecto.
Los aspectos mencionados anteriormente, que son sólo una parte de la reforma previsional propuesta, muestran que no bastan un par de indicaciones para mejorarla, sino que se debe acordar una reformulación de la reforma que dé garantías reales de beneficios a los jubilados. .
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