Tribunal Electoral admite a trámite recurso contra Irací Hassler que busca inhabilitarla para ejercer cargos públicos

El segundo tribun electoral metropolitano Irací Hassler (PC)en el que acusan a la autoridad una vez para abandonar los deberes y los delitos graves a la probidad durante su administración.

La acción fue presentada el 4 de junio por el alcalde Luis Mackenna (UDI), Carolina Prieto (republicanos), Santiago Mekis (RN), Juan Mena (RN), Vicente Martínez (republicanos) y María José Ramírez (RN), y en esta la incapacidad de Hassler se solicita al ejercicio de la posición pública para el término 5 años.

Una semana después, El ex alcalde pidió declarar el requisito inadmisibleArgumentando que los plazos para su presentación no estaban en vigor, lo que fue rechazado por el tribunal.

La entidad recordó que la fecha límite para presentar una acción de este tipo está dentro del 6 meses después del final del período de construcción -Asaludando el artículo 51 BIS de la Ley No. 18,695-, que concluyó el 5 de diciembre de 2024. Esto, a pesar del hecho de que Hassler presentó su renuncia al cargo el 13 de noviembre de ese mismo año, que entró en vigencia dos días después.

En este sentido, el fallo enfatiza que “el nuevo Consejo asumió sus funciones el 6 de diciembre de 2024, momento en el cual es posible 2024, ya que de lo contrario interpreta esta disposición y considerando que el término se cuenta a partir del cese de las funciones, implicaría que el control por parte del nuevo consejo sería restringido o violado por la resignación temprana del alcalde (…)”. “.”.

Por esta razón, el segundo tribunal electoral declaró admisible el requisito presentado contra Hassler.

También informó que el ex alcalde ahora tiene 10 días para responder al requisito.

Las acusaciones contra Hassler

En el requisito, los concejales acusan a un notable abandono de deberes y delitos graves a la probidad administrativa de Irací Hassler durante su administración entre 2021 y 2024.

La carta detalla al menos cinco casos que, en el juicio de los solicitantes, configuran una acción repetida y negligente de la exaloridad comunitaria.

Entre ellos explican presuntas irregularidades en la Corporación para el desarrollo de Santiago (Cordesano), la compra frustrada cuestionada de la Clínica Sierra Bella, la entrega temprana y sin apoyo contractual de las tarjetas de alimentos, la ausencia de las sesiones del Consejo Comunitario de Organizaciones de la Sociedad Civil (COSOC) y una planificación del presupuesto de 2025 “sin apoyo técnico suficiente”.

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