Aproximadamente 42.893 personas en el país están sujetas a la ley que regula el trabajo en aplicaciones digitales. Así lo reveló el primer informe sobre la situación laboral de los trabajadores de las plataformas de servicios digitales regulados por la Ley 21.431 realizado por la unidad de estudio y el departamento de intermediación y prospección laboral de la Subsecretaría de Trabajo.
Dicha cifra, según el análisis realizado para facilitar el monitoreo y seguimiento de quienes trabajan en aplicaciones digitales -como Uber, PedidosYa, Rappi, entre otras-, es considerablemente superior a los 23.657 que se registraron en agosto-. Trimestre de octubre de 2020. .
La investigación también verificó la variación que ha exhibido la tasa de informalidad en este segmento laboral. Si en el trimestre diciembre 2021-febrero 2022 el sector tenía una tasa de informalidad del 90,7%, a principios de este año alcanzó el 76,8%.
El jefe del departamento de intermediación y prospección laboral, Nicolás Ratto, destacó la reducción progresiva que ha mostrado la informalidad laboral de este grupo de trabajadores.
Sin embargo, advirtió que la cifra “debe preocuparnos, ya que prácticamente triplica la tasa de empleo informal a nivel nacional, lo que demuestra que una parte considerable de las empresas no está respetando la nueva normativa”.
Ratto también precisó que las cifras corresponden a personas ocupadas que declaran que su primera ocupación la realizan a través de alguna de las aplicaciones consideradas, “por lo que quedan fuera de este análisis las personas que trabajan en plataformas en su tiempo libre, como complemento a otros puestos de trabajo”. .”
el perfil
Una primera característica demográfica que destaca la investigación es que el trabajo en plataformas digitales constituye un campo “altamente masculinizado”, en el que -durante 2022- el 89% de los trabajadores de las plataformas son hombres, y solo el 11% son mujeres.
Al observar el tipo de rol que desempeñan, el informe muestra que el 62,5% trabaja como conductor, mientras que el 28,7% trabaja como repartidor. En cuanto a la nacionalidad, alrededor del 41,7% de los trabajadores son extranjeros.
El informe también destaca que los trabajadores de las plataformas son jóvenes. En detalle, el 35,1% está en el grupo de edad entre 18 y 29 años, y el 37,5% está entre 30 y 39 años.
En cuanto a los estudios, la investigación arrojó que existe una alta proporción de trabajadores de plataformas que cuentan con algún tipo de educación. De hecho, el 63,2% tiene educación secundaria completa y el 31,2% tiene educación superior completa.
Tras recibir el documento el pasado viernes, el subsecretario del Trabajo, Giorgio Boccardo, comentó que este primer informe servirá de insumo para la evaluación anual que el Consejo Superior del Trabajo debe emitir en septiembre por mandato de la misma Ley N° 21.431.
En esa instancia, se evaluará la implementación y aplicación de la ley y sus resultados. “Para ello, nuestra Unidad de Estudios está preparando nuevos análisis y dialogando con diferentes actores del sector”, dijo.
La oficial de programación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Patricia Roa, también agradeció la elaboración de este documento.
Desde su punto de vista, el seguimiento y análisis de esta población de trabajadores “es una muy buena noticia”, porque es un sector emergente que no había sido regulado antes “y que requiere de esta evaluación para ver todos juntos de forma tripartita cuáles son los ajustes necesarios para garantizar el trabajo digno a las personas que se desempeñan en estas nuevas formas de trabajo que nunca deben estar exentas del trabajo digno”, opinó.
El documento será publicado periódicamente y busca constituir un seguimiento permanente de algunos de los aspectos de la Ley 21.431, que modificó el Código del Trabajo para regular la contratación de los trabajadores de las empresas de servicios de aplicación.
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