Economia
Pleno aprobó normas que consagran un sistema único y público de salud: clínicas acusan que “no darán abasto”
En el marco del Segundo Informe de Propuesta de la Comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional, el pleno de la Convención aprobó, en relación con las normas sanitarias, el párrafo que establece la existencia de entidades públicas y privadas en el sistema, el cual modificó la estricta versión inicial que prohibía la integración en el futuro modelo nacional de cualquier proveedor con ánimo de lucro
“El Sistema Nacional de Salud podrá estar integrado por prestadores públicos y privados. La ley determinará los requisitos y procedimientos para que los prestadores privados puedan incorporarse al Sistema Nacional de Salud”, indica el punto aprobado.
Sin embargo, el tenor de los artículos sectoriales que finalmente se aprobaron esta tarde terminó por sentar las bases de un sistema público único y generó críticas inmediatas del mundo privado.
“Como expertos de primera línea sobre la realidad de los pacientes, nos preocupa el establecimiento de un sistema de salud único, público e integrado al que debemos pertenecer todos los chilenos”, dijo Clínicas de Chile AG en relación a lo resuelto hoy en materia de saludos para el conjunto.
El gremio que representa a los proveedores privados afirma que la “propuesta no es una forma efectiva de mejorar las condiciones de acceso ni brinda la prontitud que hoy se requiere en la solución de problemas urgentes que afectan a las personas”. La asociación agregó que “dadas las listas de espera actuales, la demora en la atención, la falta de infraestructura, equipos y especialistas, si se implementa esta modificación, el sistema público no podrá abastecer a toda la población, aumentando así aún más las brechas en la atención”. .” , recordando que la industria “atiende todos los días las necesidades de salud de millones de chilenos”.
Sobre esta base, la entidad postuló que los proveedores privados de salud “creemos firmemente tanto en el fortalecimiento del sistema público, como en la necesaria complementariedad con el sistema privado de salud y que la regulación institucional del país genere mecanismos para que las clínicas y establecimientos privados podamos continuar”. contribuyendo y cuidando la salud de los chilenos y chilenas bajo los principios de libertad de elección, calidad, oportunidad y con un sistema de financiamiento sustentable”.
Las claves de la normativa
En sus aspectos fundamentales, el artículo 14 sobre el derecho a la salud establece que “toda persona tiene derecho a la salud y al bienestar integral, incluidas sus dimensiones física y mental” y que “el Estado debe proveer las condiciones necesarias para lograr la mayor nivel de salud, considerando en todas sus decisiones el impacto de los determinantes sociales y ambientales en la salud de la población”.
Para ello, establece un Sistema Nacional de Salud de “carácter universal, público e integrado, que se regirá por los principios de equidad, solidaridad, interculturalidad, pertinencia territorial, desconcentración, eficiencia, calidad, oportunidad, enfoque de género, progresividad y la no discriminación”. ”.
El futuro modelo de salud del país “será financiado con cargo a los ingresos generales de la nación”, y adicionalmente la ley “podrá establecer el cobro obligatorio de aportes a los empleadores, trabajadores y trabajadoras con el único fin de contribuir solidariamente al financiamiento de este sistema”.
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