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Polémicas indicaciones a la reforma de la Ley de Pesca

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Un documento con un “análisis” propio de las indicaciones presentadas a la reforma de la Ley de Pesca, presentó el diputado Sergio Bobadilla (UDI), al inicio de la sesión de este de lunes de la comisión del rubro de la Cámara, que se encuentra tramitando el mencionado proyecto gubernamental.

El debate en esta instancia legislativa ya había terminado hace dos semanas tensionado por la denuncia, realizada por el Ciper y recogida por los legisladores oficialistas, que exponía que el mismo Bobadilla había copiado textualmente un paquete de 211 indicaciones que eran una copia de un informe jurídico encargado por las empresas pesqueras agrupadas en Sonapesca.

El hecho derivó en amenazas judiciales cruzadas. Por un lado el oficialismo acusó un supuesto acto de corrupción, mientras que la UDI anunció una posible querella por injurias y calumnias contra el subsecretario de Pesca, Julio Salas, quien hizo eco de las denuncias contra Bobadilla. Esta guerrilla, además, derivó en que se suspendiera por un par de semanas, hasta este lunes, la tramitación de la Ley Pesca.

Polémicas indicaciones a la reforma de la Ley de Pesca

Sin embargo, según el análisis realizado por la UDI, había otras 153 enmiendas presentadas por el oficialismo y el gobierno que también copiaban propuestas de organizaciones no gubernamentales. Entre ellas había al menos 10 que eran textuales del cuestionado informe de Sonapesca.

Dentro de las propuestas supuestamente copiadas figuraba una indicación del diputado y presidente de la acontecida Comisión de Pesca, Jorge Brito (Frente Amplio), que recogía ideas de la Fundación Veg, que recomendaba incluir una suerte de protección de especies marinas “sintientes”.

“Introduzca al artículo cuarto, en la parte final, la letra “n)” en el siguiente sentido: “n) Bienestar animal. El estado establecerá los mecanismos necesarios para garantizar el correcto manejo de los recursos hidrobiológicos sintientes en la pesca industrial. En todo momento se deberá respetar el estado físico y mental del animal, por lo que estará estrictamente prohibido generales estrés y dolor innecesario, tratarlos de forma cruel, o prolongar su agonía”, dice la indicación de Brito, que incluye a peces, crustáceos y moluscos, esencialmente.

Esta enmienda ya figura en el comparado entregado este lunes a los miembros de la comisión.

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Polémicas indicaciones a la reforma de la Ley de Pesca

Esta eventual copia -de la que el legislador frenteamplistas no niega haberse inspirado- ha sido particularmente criticada por Bobadilla, quien señala que ello revive algunos de los debates de la desaparecida Convención Constitucional.

“Los trabajadores pesqueros rechazan la nueva ley de pesca del gobierno porque de ser aprobada, tal como está, dejaría a más de 16 mil personas sin pega. El mamarracho pesquero con el que este gobierno intenta refundar al sector. Pero, súper preocupados de los peces sintientes, que no sufran daño físico ni se vean expuestos a traumas psicológicos”, volvió a postear el diputado UDI, representante de la Región del Biobío.

En respuesta, ante esta seguidilla de críticas, Brito escribió en redes sociales que “el diputado Bobadilla compara una organización protectora de animales con el gremio de las siete familias de la pesca industrial. Lo que dice no es así señor Bobadilla, mientras usted copia y pega 211 indicaciones que benefician al empresario de la pesca, nosotros promovemos incorporar los aportes de la comunidad científica preocupada de proteger los ecosistemas marinos. La pesca no desaparecerá”.

No obstante, la propuesta del diputado del Frente Amplio sobre los peces y moluscos sintientes generó incomodidad incluso en parlamentarios oficialistas y aliados del gobierno.

A juicio del diputado Tomás de Rementería (PS), quien integra la Comisión de Pesca, “todos debemos tener el debido respeto por los seres vivos y evitar el maltrato animal, pero, en este caso, creo que se fue un poco más allá al meterlo en la Ley de Pesca, que está centrada en la extracción de peces como método de alimentación. Esta ley no es el lugar para hacerlo. Se puede haber trabajado de otra forma. Al final se presta para ridiculizaciones”.

Cientos de personas comprando mariscos y pescado en el Mercado Central
Polémicas indicaciones a la reforma de la Ley de Pesca

“Creo que la indicación del diputado Brito es una alta sensibilidad, pero pone más dificultades al desarrollo de la pesca. Tenemos que mirar el bien común y proteger el empleo y a las familias que viven de la pesca”, comenta el vicepresidente de la Cámara, Eric Aedo (DC), quien integra la misma comisión.

El diputado Jaime Araya (independiente-PPD), quien integra la Comisión de Medio Ambiente, señaló que incluir los animales sintientes en la Ley de Pesca “va a generar una tremenda confusión, porque no está en ninguna parte del ordenamiento jurídico la categoría de seres sintientes. En la Comisión de Medio Ambiente recién estamos viendo distintas normas relacionadas con esta materia. Lo ideal es que la Ley de Pesca, que tiene otro foco, estuviera exenta de este tipo de discusiones. Más que aclarar, enreda”.

“Me parece una falta de respeto al debate legislativo presentar una indicación que señala que los peces son sintientes, cuando estamos regulando una de las principales actividades económicas del país. Es ridiculizar la discusión”, sostiene el diputado opositor Miguel Ángel Calisto (independiente Demócratas), integrante de la Comisión de Pesca.

“Los recursos marinos están al servicio de la humanidad. Incluso Allende quería aumentar el consumo de los recursos del mar para alimentar al pueblo de Chile. Me llama la atención este tipo de indicaciones de un sector de la política chilena, que no quiere avanzar y mantener el estatus quo de la Ley de Pesca”, agrega el diputado Francisco Undurraga (Evópoli), exintegrante de la Comisión de Pesca y tambien representante de la oposición.

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Cómo hacer un testamento en Chile

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El fallecimiento de alguien no sólo trae consigo el luto por el que pasan sus seres queridos, sino también, para algunas familias, significa el comienzo de conflictos respecto los bienes que pueda dejar aquella persona.

Es por eso que se suele extender la recomendación de redactar un testamento, para quienes tengan elementos de valor bajo su posesión y quieran asegurar que estos lleguen a sus herederos correspondientes, cuando sea el momento.

Lo anterior cobra relevancia, dado que si una persona fallece sin este documento, su voluntad será suplida con la ley, que determina quiénes pueden acceder a su patrimonio.

Según se resume en el portal Ley Fácil de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, un testamento permite a una persona disponer de sus bienes para que sean herederos después que fallezca.

Al respecto, se indica que con esto “también se pueden realizar declaraciones, como por ejemplo, nombrar un guardador para sus hijos o reconocer un hijo no matrimonial”.

Junto con lo anterior, la legislación indica que no pueden establecer un testamento las personas en las siguientes situaciones: Mujeres menores de 12 años, varones menores de 14 años, personas que no están en su sano juicio, personas dementes privadas de la administración de sus bienes y quiénes no puedan expresar claramente su voluntad.

También se determina que el testamento es un acto personal, por lo que no es un trámite que se pueda encargar a un tercero.

Para concretar lo que indica el testamento, se puede designar un albacea o ejecutor, persona encargada de informar a los herederos y hacer cumplir la última voluntad del fallecido.

Cómo se debe realizar un testamento. Foto referencial.

Para hacer un testamento sólo se necesita la cédula de identidad del causante y a los testigos, tal como señala a La Tercera Carlos Matthews, abogado y socio fundador del Estudio Jurídico Matthews Paiva, abogados de herencias.

En el caso de ser una persona de más de 75 años, tener un certificado de lucidez. Respecto a este último documento, es un tema muy polémico ya que esta es una exigencia de los notarios, quienes para resguardarse y evitar eventuales demandas en su contra, piden este documento a personas más jóvenes a discreción del notario actuante.

Matthews señala que “los testamentos los debe realizar el propio causante conforme a su voluntad”.

-Sin embargo, es sumamente conveniente que la persona que desea testar contrate los servicios de un abogado para informarse en forma exacta, qué es lo que puede y no puede hacer, de forma tal que su testamento sea un documento válido y tenga la fuerza suficiente para que su última voluntad sea respetada.

Luego de la elaboración del documento, resulta importante concurrir ante notario para “cumplir por las solemnidades legales, es decir, se constate que el testador se encuentra en su sano juicio, se autoricen las firmas del testador y los testigos del acto”, además de presentarlo al Registro Nacional de Testamentos.

Dependiendo de la extensión del documento, esta gestión debería tardar aproximadamente cuatro días.

Una consulta que puede surgir a la hora de la redacción de un testamento es si existe la opción de determinar cuánta herencia dejar a cada persona, aunque en nuestro país hay limitaciones al respecto.

-En Chile esta facultad está restringida por la ley, debiendo respetarse las llamadas legítimas de cada heredero, lo que significa que no puede pasarse a llevar la porción que le corresponde a uno para mejorar a otro por sobre los topes legales. -explica Matthews- Sin embargo, respecto de algunos bienes particulares, es posible realizar legados en especies determinadas o en dinero a ciertas personas llamadas legatarios.

Ante la opción de elegir a quiénes heredar, el abogado explica que dependerá si la persona cuenta con herederos forzosos, es decir, hijos cónyuge, o a falta de estos, padres.

-En el caso de no tenerlos, podrá disponer libremente del cien por ciento de su patrimonio. Ahora bien, si el causante posee herederos forzosos podrá beneficiar a unos sobre otros asignándole a uno de ellos la llamada cuarta de mejoras y la cuarta universal si así lo prefiere.

Es por eso que, ante el escenario en que una persona desee determinar cuáles bienes dejar a sus herederos, podrá hacerlo siempre y cuándo se respeten las porciones que le corresponden a cada uno, lo que en la práctica puede resultar complicado, a excepción si se trata de bienes con valores similares.

-Si soy dueño de una casa que vale 50 millones y una parcela que posee el mismo valor -ejemplifica el abogado- En ese caso tengo entera libertad de decidir a quien yo le dejo la casa o la parcela.

El problema se suscitaría si la casa costara 100 millones y tengo un campo que vale 200 millones, en ese caso si le asigno la casa al hijo 1 y el campo al hijo 2, yo estaría vulnerando la legítima al hijo 1 en 50 millones. En esos casos si no hay un acuerdo entre los herederos de compensar al hermano en el valor que le falta, habrá conflicto y la asignación podría ser impugnada.

Continuando con el escenario expuesto, el abogado precisa lo siguiente:

-Siempre se podrá elegir los bienes cuando estos tengan valores similares o sean compensados los asignatarios de menor valor con otros bienes que alcancen el valor del más favorecido. En el ejemplo anterior, el causante podría dejarle la casa de 100 millones al hijo 1 y el campo al hijo 2 pero al hijo 1 yo lo compenso asignándole un vehículo de alta gama que valga los 50 millones que le falta. En ese caso no existiría problema en la asignación que esta efectuando el testador.

Cómo realizar un testamento en Chile. Foto referencial.

En caso contrario, si una persona fallece sin haber dejado un testamento, se llama a los familiares siguiendo un orden de sucesión para determinar a los herederos, según el siguiente detalle:

  • Primer orden: descendientes de la persona fallecida (hijos o hijas) y él o la cónyuge o conviviente civil sobreviviente.
  • Segundo orden: el o la cónyuge o conviviente civil y los ascendientes de grado más próximo (madre, padre, abuela o abuelo). Si la persona no tiene descendencia, sucede el o la cónyuge o conviviente civil y sus ascendientes. Si la persona no tuvo ascendientes que hereden, corresponde sólo para el o la cónyuge o conviviente civil. A falta de este último, heredan los ascendientes.
  • Tercer orden: continúan los hermanos y hermanas. Si la persona no tiene descendencia, ascendencia, ni cónyuge o conviviente civil sobreviviente, heredan hermanos y/o hermanas por parte de padre y madre, o solo por parte de madre o parte de padre. Estos heredan personalmente o representados por sus hijos, es decir, sobrinos o sobrinas de la persona fallecida.
  • Cuarto orden: Ante la falta de los familiares mencionados anteriormente, heredan los parientes colaterales del grado más próximo, hasta el sexo grado, como primos o primas en segundo grado.
  • Quinto orden: Si no están disponibles ninguna de las personas que puedan heredar, corresponde al Fisco.

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Declaran alerta ambiental en la RM para este domingo

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La Delegación Presidencial de la Región Metropolitana -por recomendación de la Seremi de Medio Ambiente- declaró alerta ambiental para este domingo en la zona debido a que persisten las malas condiciones de ventilación.

La medida busca resguardar la salud de la población de manera preventiva debido a las condiciones de ventilación y meteorológicas ocurridas hoy y previstas para la jornada de mañana.

En ese sentido, se informó que la madrugada este sábado la estación de Cerro Navia, alcanzó niveles de alerta ambiental por MP10 y a las 03:00 horas por MP2.5, sumándose más tarde la estación de Pudahuel por material particulado fino. El resto de las estaciones de la Red de Monitoreo del Ministerio del Medio Ambiente, se mantuvieron en los rangos de Bueno y Regular.

La Dirección Meteorológica de Chile (DMC) prevé para este domingo que habrá “un régimen anticiclónico en superficie y aproximación de vaguada en altura con temperaturas entre -1°C y 16°C. No existe probabilidad de advección hacia la cuenca de la Región Metropolitana”.

Por ser día domingo, no rige la restricción vehicular. Sin embargo, la autoridad recalcó las medidas permanentes dispuestas en episodios críticos de contaminación, como la prohibición de encender calefactores a leña y sus derivados (excepto pellets), lo que será fiscalizado por Seremi de Salud de la RM, municipios y Carabineros. También se recalcó la prohibición de realizar quemas agrícolas, lo que será supervisado por la Seremi de Agricultura y equipos del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y de la Corporación Nacional Forestal (Conaf).

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En vivo: Uruguay de Marcelo Bielsa está igualando ante Brasil por la Copa América

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