La formalización del exdirector general de Investigaciones Sergio Muñoz, en el marco del caso Audios, el hecho de que el general director de Carabineros Ricardo Yáñez pueda seguir la misma suerte en mayo próximo y algunos escándalos de corrupción en importantes municipios han llevado a una serie de cuestionamientos acerca de las herramientas que tienen estos organismos para prevenir la corrupción y las que debieran tener. ¿Tendrían que tener exigencias similares a las que la nueva Ley de Delitos Económicos, por ejemplo, le impone a las empresas privadas e incluso a algunas públicas?
Así resurge el debate acerca de si es o no necesario un compliance público. Si bien todos los expertos consultados comparten que si el problema está en la cabeza de una institución o repartición fiscal es difícil que funcione cualquier sistema y recomiendan una especie de normativa espejo de la nueva Ley de Delitos Económicos, pero centrada en el sector público.
Por lo pronto, todos los consultados apuestan por avanzar hacia un compliance en los organismos públicos riguroso y efectivo, “un programa que se cumpla en la práctica y dé cuenta de que se están evaluando y gestionando los riesgos de imputaciones penales en incluso de reputación, por la inobservancia de las regulaciones y de los estándares de buenas prácticas”, explica el director jurídico de Prelafit Compliance, abogado Rodrigo Reyes.
Y agrega que las normas de compliance se deben ir actualizando permanentemente, ya que los riesgos son cambiantes, porque los estándares de conducta también varían y los estándares de conducta que se le exigían antes a las instituciones públicas son muy distintos de lo que se les impone en la actualidad. “En esta mejora continua, que debiera ser consustancial a los programas de compliance, son tremendamente relevantes los incidentes que puedan tenerse al interior de las organizaciones”, añade.
Una prevención importante, continúa, es reforzar los canales de denuncia interna, con medidas eficaces para la protección de los denunciantes y un elemento que habría que copiar de lo que están haciendo las empresas privadas, propone Reyes, “es lo que ha surgido a propósito de la nueva Ley de Delitos Económicos, en que para que una empresa se exima de la responsabilidad penal de persona jurídica se le exige que cumpla con algunas obligaciones y una de esas es una evaluación periódica por un tercero independiente; o sea, una suerte de auditoría permanente, que le permita generar una mejora continua”.
De manera que algunas reparticiones públicas especialmente riesgosas, entre las que incluye las municipalidades, sean auditadas permanentemente por control externo, señala. Respecto de estas últimas, detalla que sería importante exigir una “organización mínima”, que no puede ser la Contraloría, porque actúa ex post, aclara.
“Falta que el sistema público se apropie de sistema de compliance privado”
Quien fuera presidenta de la Comisión de Probidad creada tras el caso convenios, para proponer medidas contra la corrupción en el ámbito público y actual consejera del Consejo para la Transparencia (CPLT), María Jaraquemada, coincide con lo planteado por Reyes en que la nueva Ley de Delitos Económicos apunta a que la gestión de riesgos se vaya evaluando permanentemente y adecuándose a los riesgos que van surgiendo y, a su juicio, “eso, en el sector público no está bien desarrollado aún”, por lo que “ahora falta es que el sistema público se apropie de sistema de compliance privado y lo adapte a sus propias necesidades; y no todas las instituciones son iguales, tienen distinto tipo de riesgos”, explica.
De hecho, comenta que la comisión que encabezó propuso que se crearan oficiales de cumplimiento dentro de los órganos de la administración del Estado, que velen constantemente por la ética y la integridad pública, porque se cumplan las normas. Esta figura tendría que tener autonomía, debe poder tener acceso directo a las jefaturas, de poder hacer las alertas y que tenga cierto liderazgo entre los funcionarios para ser escuchada.
Aunque, si bien en el sistema público no se puede cancelar la persona jurídica como en el caso de un delito grave en el mundo privado, en el contexto de la nueva Ley de Delitos Económicos; “sí se podría ver cómo adaptar lo que existe para el sistema privado, al sistema público, pensando en cómo hacer más responsable a la institución propiamente tal”, reflexiona la abogada.
Y añade que habría que pensar en cómo aplicar ciertos principios que tiene el sistema de compliance en la Ley de Delitos Económicos a las instituciones públicas. Ahora, recuerda, que lo que sí propuso la comisión que lideró, es que, “tal como en la Ley de Delitos Económicos se eliminaron ciertas atenuantes, como la irreprochable conducta anterior, nosotros dijimos, ‘bueno, el Congreso debiera tener esa misma discusión, respecto de los delitos funcionarios’; porque tienen una lógica criminal muy similar. Entonces, si se hizo para los privados, por qué no pensar que pueda aplicar, en el futuro, para funcionarios y autoridades públicas”.
Jaraquemada se explaya en que en la citada instancia, los integrantes tuvieron la discusión acerca de cómo hacer que lo que se ha avanzado en el sector privado, en cuanto a principios, incentivos y objetivos, se aplique al sector público, con la prevención de que este último tiene particularidades distintas.
Prevención
El exdirector ejecutivo de Chile Transparente Alberto Precht, comenta que ya desde hace algunos años se viene hablando de lo que se denomina “compliance público”, que “no es sólo cumplir con tener un código de ética y, obviamente, cumplir con todas las normas que el derecho público, de manera bastante más estricta de lo que en el derecho privado establece, sino también generar una lógica de prevención contra la corrupción al interior de las organizaciones públicas, basada en riesgos reales de corrupción”.
Ello, a través de un plan anual que vaya permitiendo hacerse cargo de los riesgos. Por ejemplo, dice, en el caso de la Policía de Investigaciones “existe un problema respecto a corrupción y entrega de información a terceras partes, ese riesgo debiese ser abordado de manera sistémica y dirigido por un compliance officer, que debiese tener la matriz de riesgo y con las distintas unidades ir resolviendo estos problemas al interior de la institución”; sin embargo, coincide con sus predecesores en que esa lógica no está instalada en el Estado.
En este sentido, Precht añade que en el Estado existe una lógica de auditorías y represiva respecto del combate a la corrupción. A su juicio, para mejorar este déficit no es necesario un cambio legal, sino que el problema en Chile consiste en cómo se enfrenta el tema preventivo desde el Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno y desde la Contraloría, que “muchas veces no se ha visto con toda la fortaleza”; por lo que, en su opinión, lo que se requiere es un cambio de visión. A diferencia de lo planteado por Reyes en tal sentido.
El abogado incluso añade que “aplicando fórmulas bastante básicas de lucha contra la corrupción, uno puede determinar dónde están esos espacios de opacidad, de discrecionalidad o de concentración de poder que aumentan los riesgos de corrupción y poder hacerse cargo de eso”, generando, por ejemplo, matrices de riesgo de corrupción que sean aplicables, porque “muchas veces uno ve en los servicios del Estado, en los casos en que existen estas matrices de riesgo de corrupción, y son verdaderas sábanas que se hacen por cumplir algún tipo de meta y no tiene un enfoque real para hacerse cargo de los riesgos”, enfatiza.
Los Pequeños Medios de Generación Distribuida (PMDG) están en el ojo de todos. Nacieron a mediados de la década pasada como una apuesta para diversificar la matriz energética e impulsar pequeños proyectos de ERNC (de hasta 9 MW), y así eliminar las barreras de entrada, fomentando el ingreso de nuevos actores al sector eléctrico.
Con el tiempo, estos proyectos han ido pasando a manos de grandes inversionistas; fondos internacionales y globales de inversión, situación que los tiene en la mira del Coordinador Eléctrico Nacional.
De hecho, el 23 de enero de este año, la Unidad de Monitoreo de la Competencia del organismo, ofició a todas las empresas con el objetivo de conocer sus respectivas estructuras societarias. Hoy tras siete meses, el ente ya tiene el listado, y está trabajando en el proceso de consolidación, con la finalidad de tener una radiografía clara de quienes son y a qué inversionista o grupo controlador pertenecen.
La razón que hay tras esta inquietud, es que a la fecha existen 828 unidades de PMGD en operación en Chile, de las cuales 77,2% son solar fotovoltaico, con una capacidad instalada de 3.252 MW, que se ubican mayoritariamente en las regiones de Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O´Higgins, Ñuble y Biobío. A ellos se sumaría otros 2.336 MW que se encuentran en construcción, siendo el 96% solar fotovoltaico.
El punto de mira, es que lo que partió como una apuesta para que pequeños proyectos abrieran las puertas a las renovables, hoy se han convertido en un actor relevante y con ciertas ventajas al contar con un precio garantizado.
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El factor precio
Para los críticos, el precio estabilizado implicaría un subsidio irregular del cual gozan estos desarrollos, lo cual distorsiona el proceso competitivo al aumentarle el costo a un subconjunto de generadores, incluso renovables, que deben pagar a los PMGD.
Dada la gran cantidad de oferta de pequeños generadores que existe en el horario diurno, el costo marginal se está yendo a US$ 0, lo que es una clara señal de mercado que muestra que existe exceso de energía en dicho horario.
Es así como los fotovoltaicos, que representan más del 90% de la capacidad instalada PMGD, acumulan traspasos –por parte de otros generadores- que superan US$ 500 millones anuales.
La alerta para los actores del sistema, que promueven una revisión o adecuación reglamentaria de los Decretos Supremos N88 y N125 (que regulan a estos proyectos) es que, para 2025, existirán casi 5.000 MW de solar fotovoltaico de capacidad instalada en el país, para una demanda máxima a nivel nacional de aproximadamente 10.000 MW durante las horas diurnas. Por lo tanto, en 2025 sobre el 40% de la demanda nacional durante el día se podría abastecer solo con PMGD.
Otra consecuencia, tiene que ver con el aumento del vertimiento de energía en el sistema y el consecuente aumento de los costos marginales nulos en horario diurno, ya que mientras los pequeños tienen un alto precio por su energía, el resto de los generadores debe botar la propia y vender el resto a precio nulo, debiendo asumir además el costo de pagar por la energía PMGD, costo que es traspasado a los clientes.
Al respecto, Javier Bustos, director ejecutivo de la Asociación de Clientes Eléctricos (Acenor) asegura que “el cargo por precio estabilizado había sido fluctuante, hoy ha estado subiendo permanentemente y con valores que van desde los 4 a los 7 US$/MWh en el corto plazo y que incluso pueden llegar a cerca de US$ 10 en el mediano plazo, si siguen entrando proyectos con régimen de precio de nudo. En términos comparativos, lo que pagan los clientes (tanto libres como regulados) por precio estabilizado ha sido en algunos meses más de lo que se paga por toda la transmisión nacional. Es urgente que hagamos algo con este tema. Hoy, el cargo por precios estabilizado es uno de los principales cargos sistémicos”.
Carmenmaría Poblete, directora legal de Aediles, explica que esta es una industria atomizada con una variedad de participantes. “Hay empresas internacionales y locales, desarrolladores, PYME y fondos de inversión, de impacto y de pensiones. Esto es un éxito del propósito legislativo de la ley corta que justamente buscaba, con la regulación de PMGD fomentar la entrada de nuevos actores a la industria. Los pequeños generadores por su condición de distribuidos, contribuyen a mejorar y fortalecer la red de distribución existente y constituyen un aporte fundamental a la descarbonización de la matriz”.
El director ejecutivo de la Asociación Chilena de Energía Solar, Acesol, Darío Morales, defiende estas iniciativas, señalando que se han invertido más de US$ 3.000 millones en centrales de generación ubicadas estratégicamente cerca de los centros de consumo, además de aproximadamente US$ 100 millones en refuerzos a las redes de distribución. Agrega que es necesario mejorar la regulación en este contexto, “tener generación próxima a los centros de consumo no solo reduce las pérdidas de transporte de energía, sino que también permite a estas unidades ofrecer servicios que mejoran la continuidad y la calidad del suministro para los clientes conectados a las redes de distribución”, explica.
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La otra discusión
En forma paralela, los PMGD también están siendo objeto de discusión ante los cambios que se quieren hacer en el decreto que los regula y que contempla un régimen transitorio que permite continuar vendiendo a un precio estabilizado. A través de una mesa de trabajo convocada por el Ministerio de Energía, se está estudiando la situación de estos proyectos, lo que podría implicar una revisión del precio estabilizado y su formulación. Esto tiene en alerta a los inversionistas de proyectos que han visto en el mercado chileno una opción de inversión relevante, toda vez que existe un precio estabilizado (y para algunos asegurado) de US$ 70 MWh. En paralelo, la CNE anunció cambios en la norma técnica de conexión.
Pero la industria también está en alerta por otro punto no menor. En el marco de la estabilización tarifaria, surgió la idea de que los PMGD le vendan energía a las empresas distribuidoras, es decir, a clientes regulados. El problema que levantan con esta propuesta, es que hace ya varios años que las generadoras no logran vender toda la energía que está comprometida en sus contratos con regulados, por lo cual, abrirle espacio a los PMGD no tiene a nadie contento; ni a los incumbentes, ni a las renovables que tienen de esos contratos, por tanto, desde todos los sectores anticipan que se vienen tiempos de nuevas discusiones y batallas en el sector eléctrico.
EL MAPA DE LOS PMGD, QUIÉNES ESTÁN TRAS LOS PROYECTOS
Más allá de la discusión, el desarrollo de los PMGD ha implicado el ingreso de nuevos actores al mercado eléctrico, lo que ha ido cambiando el mapa y diversificando las empresas e inversionistas. Partieron como proyectos de pequeños inversionistas, pero con el tiempo, su atractivo precio estabilizado, comenzó a llamar la atención de los grandes. Estos son:
Carbon Free: firma canadiense, que en Chile cuenta con alrededor de 361 MW en 50 proyectos.
Aediles: La canadiense gestiona la cartera de 47 proyectos PMGD de BlackRock en Chile, que suman 297 MW.
CVE Group (Cap Vert Énergie o Changing Visions of Energy): de origen francés, cuenta con una cartera de proyectos PMGD por 255,8 MW en operación y construcción.
oEnergy: fundada en 2013 por los ingenieros chilenos Ricardo Sylvester y Yuri Andrade para el desarrollo, construcción y operación de plantas fotovoltaicas en el segmento PMGD. Cuenta en la actualidad con 49 proyectos y 173 MW en operación y construcción.
Matrix Renewables: empresa española cuenta en Chile con una cartera de PMGD de aproximadamente 430 MW en 79 proyectos de energías renovables en operación, desarrollo y construcción. Respaldada por el Grupo TPG, plataforma global de inversión de impacto que gestiona en el mundo activos por unos US$ 18.000 millones a través de The Rise Funds, TPG Rise Climate y Evercare Health Fund y cuyos fundadores son el cantante de U2 Bono y Jeff Skoll, exfundador de eBay, y cuenta entre sus accionistas a Jim Coulter, Richard Branson (Virgin Group) y Paul Polman (exChairman de Unilever).
Solek: es una empresa de origen checo que explota y tiene en construcción cerca de 40 centrales fotovoltaicas en Chile con una capacidad de 250 MW.
Grenergy: empresa española que en Chile cuenta con 80 plantas y unos 146 MW en operación y construcción. Hace unos meses inauguró el proyecto a Gran Teno de 240 MW (la planta con baterías más grande de Chile) y Oasis Atacama el proyecto de almacenamiento que tiene una capacidad de más de 4,1GWh, y cerca de 1GW solares, actualmente en construcción.
Reden: cuenta con 180 MW. Sus dueños son el consorcio formado por los grupos financieros administradores de fondos: Macquarie Asset Management, British Columbia Investment Management Corporation (BCI) y Munich Ergo Asset Management GmbH (MEAG).
Sonnedix: de propiedad del fondo de inversión estadounidense JPMorgan Asset Management -en Chile su presidente es el exsubsecretario de Energía y presidente de Acera, Sergio del Campo-, cuenta con 125 MW en Chile.
Toesca Asset Management: fundada en 2016 por Alejandro Reyes, Carlos Saieh, Maximiliano Vial y Alejandro Montero, ex Celfin Capital, ha incursionado en los PMGD contando con alrededor de 109 MW.
Otros actores son: Inter Energy asociado al fondo de inversión Brookfield (45 MW), S-Energy de capitales coreanos (65,7 MW), Prime Energía de EnfraGen (126 MW), Chile Solar (27 MW),Inversiones Consorcio Energético Nacional (45 MW), Sun Grow Power (31 MW), Langa (27 MW), Next Energy (27 MW), Solar Pack (27 MW), Enel Green Power (24,5 MW).
Enjoy y sus acreedores acordaron, aplazar la junta de acreedores para votar el plan de reorganización de la empresa.
Esta instancia estaba convocada para este viernes 26 de julio en el 8vo Juzgado Civil de Santiago, sin embargo, según un comunicado emitido por la operadora de casino, se postergó tras un acuerdo unánime y “con el objetivo de afinar los últimos detalles del Plan de Reorganización Judicial y cerrar la obtención de financiamiento”.
Según lo anunciado, la nueva asamblea se realizará dentro de 10 días hábiles judiciales, por lo que se llevará a cabo el próximo 7 de agosto.
Cabe destacar que en dicha junta deliberativa los acreedores votarán la propuesta que busca dar continuidad a sus operaciones, cumplir sus obligaciones con sus trabajadores, clientes, proveedores y accionistas, y proyectar el desarrollo hacia el futuro. El nuevo plan busca maximizar la recuperación de deudas con los acreedores, a través de la reprogramación de los pasivos, y una reestructuración societaria de Enjoy.
En enero de este año, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) inició un estudio de mercado sobre la educación superior chilena para analizar la evolución competitiva de este segmento. Sin embargo, casas de estudios han llegado a tribunales para reclamar contra la entidad por el pedido de datos personales en el marco de dicho informe.
Fue así que, en dos informes presentados ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en respuesta a recursos de protección interpuestos por la Universidad de Santiago de Chile (Usach) y por la Universidad de Chile contra solicitudes de información, la FNE destacó las atribuciones que posee para solicitar información.
Los informes sobre las acciones de la Usach y de la Universidad de Chile se suman al ingresado el 11 de julio en respuesta a un recurso de protección de similares características presentado por la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC).
La FNE dio cuenta de las atribuciones que -dijo- expresamente le confiere la ley para requerir información y tratar datos personales; descartó que haya actuado de manera arbitraria, pues indicó que en todo momento lo hizo de manera fundada, razonable y proporcionada; y expresó que no hay una afectación de las garantías constitucionales invocadas por las recurrentes.
Además, la entidad expuso a la Corte que estas acciones no tienen precedentes en la institucionalidad de libre competencia nacional y que acceder a lo solicitado tendría consecuencias sistémicas que “podrían extenderse mucho más allá de los estudios sobre la evolución competitiva de los mercados que el legislador expresamente ha encomendado realizar a la FNE, causando un incalculable detrimento a las capacidades de este servicio para cumplir con su cometido legal en prácticamente toda la extensión de sus funciones y, con ello, un grave menoscabo del interés general proyectado al orden económico nacional”.
En sus respuestas, la FNE también solicitó a la Corte que rechace ambos recursos, considerando su carácter extemporáneo y que no son la vía idónea para impugnar solicitudes de información, como sí lo son los procedimientos ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), que ya se pronunció sobre el oficio a través del cual se pidió la información, manteniéndolo vigente en todas sus partes.
Supuestas amenazas
En su acción, la Usach señaló que es una institución pública, que no debe ser tratada como un agente económico privado que ha infringido la ley, y acusó que la FNE habría incurrido en “amenazas de sanciones pecuniarias y privativas de libertad” al solicitar la entrega de información de estudiantes y exestudiantes.
Al respecto, la Fiscalía respondió que la ley la autoriza expresamente para requerir información tanto a agentes o instituciones privadas como a diversas entidades del Estado y que estas últimas tienen, además, un deber especial de colaboración cuando son órganos de la Administración del Estado.
Asimismo, aportó antecedentes para negar las amenazas señaladas y que la institución “carece de atribuciones autónomas para la imposición de cualquier tipo de sanción o apremio respecto de las entidades y agentes económicos que intervienen en sus investigaciones o estudios de mercado”.
En el caso de la Universidad de Chile, el recurso de protección coincide con el argumento de la Usach respecto al carácter de institución pública de la casa de estudios y alude también a supuestas infracciones a la Ley de Protección de Datos Personales en la solicitud de la FNE.
Deberes de confidencialidad
En este sentido, la Fiscalía sostuvo que su solicitud de información fue emitida en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley y que es justificada y proporcional a la labor que realiza, cuyo desarrollo en ocasiones hace imprescindible solicitar y analizar antecedentes que califican como datos personales, encontrándose facultada legalmente al efecto. Planteó que, precisamente por lo anterior, es que la ley sujeta a los funcionarios de la Fiscalía a estrictos deberes de confidencialidad.
Otro antecedente que presentó la FNE es que 45 instituciones de educación superior -tanto públicas como privadas- respondieron solicitudes de información idénticas a la impugnada por la Usach y por la Universidad de Chile.