Un paso relevante se concretó este viernes en medio de la espera del segmento de distribución eléctrica respecto a los procesos tarifarios que han evidenciado importantes retrasos.
La Comisión Nacional de Energía (CNE) emitió la resolución en que se aprueba el Informe Técnico Definitivo de Propuesta de Fórmulas Tarifarias para Concesionarias de Servicio Público de Distribución, correspondiente al cuadrienio 2020-2024, el cual incorpora las modificaciones realizadas a partir de las observaciones recibidas al informe técnico preliminar, publicado en noviembre.
Así, se cumple lo establecido en la ley de realizar la estructuración de las tarifas que reflejen los costos que dan origen al Valor Agregado de Distribución (VAD) resultante del proceso de tarificación.
Eso sí, esta nueva estructura tarifaria será aplicable a los consumidores una vez que el decreto tarifario, elaborado por el Ministerio de Energía, sea tomado de razón por la Contraloría General de la República, y luego que sea publicado en el Diario Oficial.
Según detalló la CNE en un comunicado, los efectos en la cuenta tipo del cliente final de esta nueva estructura tarifaria, respecto a las tarifas vigentes, considerando la tarifa en moneda del año 2019 (año base del estudio tarifario), resulta en un aumento del 0,2% promedio a nivel nacional en la cuenta tipo de la tarifa residencial BT1a, sin considerar el efecto del descongelamiento de las tarifas.
La tarifa BT1a se aplica a los consumidores que tienen una potencia conectada igual o menor a 10 kW, a quienes solamente se le mide la energía consumida y no se le consideran cobros directos de la potencia demandada, correspondiendo a la mayor parte de los consumos residenciales del país.
Efecto del proyecto de ley en trámite
La CNE aclaró que el efecto en cuenta tipo de la nueva estructura tarifaria dependerá de la fecha de entrada en vigencia del decreto tarifario, así como del descongelamiento de tarifas (que se encuentran congeladas desde diciembre de 2019) y del recálculo de los factores de Equidad Tarifaria Residencial.
Esto implica, explicó, que las tarifas máximas que las empresas distribuidoras pueden cobrar por el suministro a usuarios residenciales no pueden exceder el promedio simple de estas tarifas más un 10%.
De todas formas, tanto el efecto del descongelamiento de las tarifas de distribución, así como la entrada en vigencia del decreto tarifario y la oportunidad para el cálculo de los factores de equidad tarifaria residencial y, consecuentemente, el impacto en cuenta tipo de las nuevas fórmulas tarifas, dependerá igualmente de la tramitación en el Congreso del proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales, en materia de estabilización tarifaria.
Enjoy y sus acreedores acordaron, aplazar la junta de acreedores para votar el plan de reorganización de la empresa.
Esta instancia estaba convocada para este viernes 26 de julio en el 8vo Juzgado Civil de Santiago, sin embargo, según un comunicado emitido por la operadora de casino, se postergó tras un acuerdo unánime y “con el objetivo de afinar los últimos detalles del Plan de Reorganización Judicial y cerrar la obtención de financiamiento”.
Según lo anunciado, la nueva asamblea se realizará dentro de 10 días hábiles judiciales, por lo que se llevará a cabo el próximo 7 de agosto.
Cabe destacar que en dicha junta deliberativa los acreedores votarán la propuesta que busca dar continuidad a sus operaciones, cumplir sus obligaciones con sus trabajadores, clientes, proveedores y accionistas, y proyectar el desarrollo hacia el futuro. El nuevo plan busca maximizar la recuperación de deudas con los acreedores, a través de la reprogramación de los pasivos, y una reestructuración societaria de Enjoy.
En enero de este año, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) inició un estudio de mercado sobre la educación superior chilena para analizar la evolución competitiva de este segmento. Sin embargo, casas de estudios han llegado a tribunales para reclamar contra la entidad por el pedido de datos personales en el marco de dicho informe.
Fue así que, en dos informes presentados ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en respuesta a recursos de protección interpuestos por la Universidad de Santiago de Chile (Usach) y por la Universidad de Chile contra solicitudes de información, la FNE destacó las atribuciones que posee para solicitar información.
Los informes sobre las acciones de la Usach y de la Universidad de Chile se suman al ingresado el 11 de julio en respuesta a un recurso de protección de similares características presentado por la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC).
La FNE dio cuenta de las atribuciones que -dijo- expresamente le confiere la ley para requerir información y tratar datos personales; descartó que haya actuado de manera arbitraria, pues indicó que en todo momento lo hizo de manera fundada, razonable y proporcionada; y expresó que no hay una afectación de las garantías constitucionales invocadas por las recurrentes.
Además, la entidad expuso a la Corte que estas acciones no tienen precedentes en la institucionalidad de libre competencia nacional y que acceder a lo solicitado tendría consecuencias sistémicas que “podrían extenderse mucho más allá de los estudios sobre la evolución competitiva de los mercados que el legislador expresamente ha encomendado realizar a la FNE, causando un incalculable detrimento a las capacidades de este servicio para cumplir con su cometido legal en prácticamente toda la extensión de sus funciones y, con ello, un grave menoscabo del interés general proyectado al orden económico nacional”.
En sus respuestas, la FNE también solicitó a la Corte que rechace ambos recursos, considerando su carácter extemporáneo y que no son la vía idónea para impugnar solicitudes de información, como sí lo son los procedimientos ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), que ya se pronunció sobre el oficio a través del cual se pidió la información, manteniéndolo vigente en todas sus partes.
Supuestas amenazas
En su acción, la Usach señaló que es una institución pública, que no debe ser tratada como un agente económico privado que ha infringido la ley, y acusó que la FNE habría incurrido en “amenazas de sanciones pecuniarias y privativas de libertad” al solicitar la entrega de información de estudiantes y exestudiantes.
Al respecto, la Fiscalía respondió que la ley la autoriza expresamente para requerir información tanto a agentes o instituciones privadas como a diversas entidades del Estado y que estas últimas tienen, además, un deber especial de colaboración cuando son órganos de la Administración del Estado.
Asimismo, aportó antecedentes para negar las amenazas señaladas y que la institución “carece de atribuciones autónomas para la imposición de cualquier tipo de sanción o apremio respecto de las entidades y agentes económicos que intervienen en sus investigaciones o estudios de mercado”.
En el caso de la Universidad de Chile, el recurso de protección coincide con el argumento de la Usach respecto al carácter de institución pública de la casa de estudios y alude también a supuestas infracciones a la Ley de Protección de Datos Personales en la solicitud de la FNE.
Deberes de confidencialidad
En este sentido, la Fiscalía sostuvo que su solicitud de información fue emitida en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley y que es justificada y proporcional a la labor que realiza, cuyo desarrollo en ocasiones hace imprescindible solicitar y analizar antecedentes que califican como datos personales, encontrándose facultada legalmente al efecto. Planteó que, precisamente por lo anterior, es que la ley sujeta a los funcionarios de la Fiscalía a estrictos deberes de confidencialidad.
Otro antecedente que presentó la FNE es que 45 instituciones de educación superior -tanto públicas como privadas- respondieron solicitudes de información idénticas a la impugnada por la Usach y por la Universidad de Chile.
Nuevo Pudahuel, operador del Aeropuerto de Santiago, anunció este viernes el inicio de operaciones de Turkish Airlines.
A partir de diciembre, la aerolínea turca iniciará sus operaciones para conectar la capital de Chile y Estambul.
Con cuatro frecuencias semanales, el vuelo se realizará vía Sao Paulo en un Airbus A350-900, con capacidad para 324 asientos. Por esto, el servicio ofrecerá una capacidad de 2.600 pasajeros por semana.
A través de un comunicado, Nuevo Pudahuel expresó “su gran satisfacción de recibir a Turkish Airlines, por el gran alcance que dará su extensa red de conexiones, a los pasajeros que viajen desde y hacia Santiago”.