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El castigo que arriesga La Calera por la mala inscripción de un jugador

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En el cierre de la jornada sabatina de la fecha 6 del Campeonato Nacional, Deportes Copiapó consiguió su primera victoria del año, al imponerse por 2-0 a Unión La Calera, en la cancha sintética del estadio Luis Valenzuela Hermosilla. Mala expedición de los cementeros en la Región de Atacama, antes de debutar en la fase grupal de la Copa Sudamericana, el próximo miércoles ante Alianza FC en Colombia.

El tropezón en Copiapó no solo se dio en el partido ante los pupilos de Ivo Basay. También sucedió minutos antes del pitazo inicial. El cuadro calerano se expone a una sanción administrativa por un error en la inscripción de la planilla oficial del equipo para el partido. No fue por la cuota de extranjeros, situación que se podía prever ante la importante cantidad de argentinos con los que dispone el plantel de Manuel Fernández.

En la planilla que el club publicó en sus redes oficiales aparece el mediocampista Matías Muñoz, con el dorsal 5, quien efectivamente disputó el partido ante el León de Atacama. Sin embargo, en la lista oficial que se entrega a la ANFP y se registra en el sistema COMET no apareció. Quien sí estaba en planilla y no apareció en la citación fue el jugador Matías Ortiz Muñoz, con el dorsal 6.

Por cierto, se trata de dos jugadores distintos, ante la posibilidad de una confusión por los apellidos. Matías Muñoz, el que jugó (los 90 minutos), es argentino-chileno y llegó este año a La Calera, procedente de All Boys, del ascenso transandino. Ortiz Muñoz, el que no estuvo en el campo de juego ni en la banca, es un joven centrodelantero chileno de 20 años. Este embrollo lo debe ratificar el árbitro Felipe González Alveal en su informe.

¿A qué castigo se expone Unión La Calera? Revisando las bases del Campeonato Nacional 2024, el artículo 10° se refiere a la sanción por la participación de jugadores no habilitados. En el documento oficial se explica que “en caso de hacer disputar a uno o más jugadores que se encontrare(n) habilitado(s) para ello en un partido, pero que no se encontreren incluidos en la planilla de partido, se sancionará al club infractor con una multa ascendente a 500 UF por cada jugador. En caso de hacer participar a uno o más jugadores que se encontrare(n) habilitado(s) para ello en un partido, pero que no se encontraren incluidos en la planilla de partido, se sancionará al club infractor con una multa ascendente a 250 UF por cada jugador”.

El equipo de controladores argentinos no se expone a un castigo deportivo, como por ejemplo la perdida de puntos (en cancha perdió 2-0), pero sí a una sanción económica de 250 UF, lo que equivale a la suma de $ 9.271.600.

En 2024 ya sucedió algo similar, en el Ascenso. Santa Cruz fue denunciado por la alineación indebida del jugador Camilo Rencoret en el duelo ante Recoleta. El ex Everton no estaba en la planilla y jugó ese encuentro, lo que fue consignado en el informe del referí Claudio Díaz.

Este episodio de mala inscripción permite rememorar lo que sucedió en la temporada pasada con Coquimbo Unido y el caso de Fabián Carmona, en el partido ante Cobresal. En el cotejo, los piratas habían ganado 2-1, sin embargo aquello fue modificado en el escritorio por la alineación indebida de Carmona, quien no figuraba en la planilla de juego del encuentro, situación consignada por el árbitro Nicolás Millas. Cobresal denunció la irregularidad y la Primera Sala del Tribunal determinó el castigo de la pérdida de los puntos obtenidos y una multa de 500 UF para los coquimbanos.

Un problema más para Unión La Calera, que debió afrontar hace unos días el recurso de protección presentado por los jugadores argentinos (Emmanuel Gigliotti), Ezequiel Parnisari, Franco Soldano, Matías Ibáñez, Nicolás Ferreyra y Gabriel Hauche) en contra de la ANFP por el tema de la cuota de seis extranjeros en la Primera División. La Calera era uno de los que abogaba por subir la cantidad de foráneos por partido, medida que vio luz verde en un principio, sin embargo fue modificada (seis en planilla y cinco en cancha) ante la paralización convocada por el Sifup. En definitiva, la Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso.

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Senado califica deportación de Kast y Edwards como “antidemocrática”

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La mesa del Senado de Chile declaró este viernes que la deportación de los senadores Felipe Kast (Evópoli) y Rojo Edwards (PSC) desde Venezuela, constituye una acción “antidemocrática”, por lo que solicitaron al gobierno tomar medidas diplomáticas ante lo que calificaron un “agravio” en contra del país.

Los legisladores al momento de llegar a Venezuela no pudieron formalizar su ingreso a su llegada como delegación oficial de la Cámara Alta que participaría como observadores del proceso eleccionario que se realizará este domingo y donde se define la continuidad del régimen de Nicolás Maduro frente a Edmundo González, quien se perfila como potencial ganador de los comicios.

A través de una declaración, el Senado afirmó que Kast y Edwards fueron invitados por González. El periplo había sido autorizado por la corporación y también informado a la Cancillería para “observar el normal desarrollo del proceso electoral”.

“Los hechos denotan la mayor gravedad. Los senadores chilenos cuentan con todas las condiciones exigidas usualmente por la República Bolivariana de Venezuela para hacer ingreso a su territorio”, señala el escrito firmado por presidente del Senado José García Ruminot (RN) y el vicepresidente, Matías Walker (Demócratas).

En ese contexto, añaden que la acción “son antidemocráticas, y solo manifiestan el comportamiento reiterado del Gobierno de Venezuela, en orden a impedir la realización de elecciones con garantías mínimas que aseguren un resultado imparcial”.

Asimismo, las autoridades del Senado destacaron el rol de la corporación como “pilar fundamental del Estado de derecho” y “cuyos miembros tienen un compromiso irrestricto con el desarrollo y fortalecimiento de sociedades democráticas en todo el mundo”.

Debido a lo anterior, es que los firmantes solicitaron acciones diplomáticas al gobierno para “representar el serio agravio que este hecho constituye en contra del Estado chileno”.

“El pueblo venezolano merece volver a vivir en libertad, con pleno respeto y garantía a sus derechos fundamentales, y bajo condiciones que aseguren un sistema político pluralista y elecciones transparentes”, sostuvieron Walker y Ruminot.

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Realizan manifestación contra Eduardo y Javier Macaya frente a tribunales

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Un gran número de personas se reúne a esta hora frente al Palacio de Tribunales, en el centro de Santiago, quienes piden justicia por las víctimas del empresario Eduardo Macaya Zentilli, condenado por abuso sexual contra menores, al tiempo que demandan que su hijo, el senador Javier Macaya, deje su puesto en la Cámara Alta por defender a un pederasta condenado.

Portando pancartas y carteles, al menos 200 personas comenzaron a llegar minutos antes de las 18 horas al edificio emplazado en calle Compañía, tras una convocatoria realizada por organizaciones feministas. Los asistentes han realizado cánticos solicitando principalmente que Javier Macaya deje su puesto en el Senado, afirmando que la defensa que ha hecho de su padre lo inhabilita para legislar.

Hasta pasadas las 18.30, la manifestación continuaba de manera pacífica.

Cabe recordar que el pasado 21 de julio, en entrevista con T13, el senador Macaya insistió en la inocencia de su padre a pesar del fallo judicial, manteniendo así las declaraciones que realizó desde que se destapó el caso.

Yo cuando hice esa declaración tenía una percepción que sigo manteniendo hasta el día de hoy”, sostuvo Javier Macaya, quien destacó, además, que la grabación que se utilizó como prueba de los abusos realizados por su padre se realizó “en un entorno familiar” y “sin su consentimiento”.

Y pese a que -previo a renunciar como presidente de la UDI el pasado 23 de julio- el parlamentario afirmó que “cometí un error respecto a mencionar un detalle procesal”, dos días después se conoció que Javier Macaya fue parte de la defensa judicial de su padre y que, incluso, declaró cuestionando a una de las víctimas.

Cabe recordar que esta jornada, en el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando revisó la medida cautelar de arresto domiciliario total que mantenía Eduardo Juan Macaya Zentilli, la que fue modificada por prisión preventiva, por lo que el imputado deberá permanecer recluido en la cárcel de Rancagua a la espera de los recursos que interpondría su defensa para impugnar la condena o, en definitiva, hasta que se aplique el “cúmplase”.

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Tras audiencia de revisión de cautelares: tribunal decreta prisión preventiva para Eduardo Macaya

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En el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando tuvo lugar este viernes una audiencia en que se revisó la medida cautelar de arresto domiciliario total que mantiene Eduardo Juan Macaya Zentilli, padre del senador de la Unión Demócrata Independiente (UDI) Javier Macaya.

En la instancia se modificó la cautelar que dictó la Corte de Apelaciones de Rancagua y en su lugar, el tribunal dictó prisión preventiva. Lo que significa que el acusado deberá permanecer recluido en la cárcel de Rancagua mientras se resuelven los recursos judiciales que interpuso su defensa para impugnar la condena.

La lectura de sentencia estaba programada para las 16.00 horas, pero finalmente se realizó una hora más tarde. Tras la resolución, el abogado querellante de una de las víctimas, Hernán Fernández detalló que los cuestionamientos de un supuesto trato diferenciado durante su paso por la cárcel de Rancagua fueron considerados en los alegatos para decretar prisión preventiva y añadió: “No puede haber un trato de privilegio. Esto lo voy a decir yo también responsablemente, en cuanto a lo que implica el poder económico y también el poder que el condenado ha demostrado que tiene”.

Fernández explicó que “el argumento de fondo es que con los nuevos antecedentes que se aportaron, se ha incrementado el peligro de fuga”.

Poco antes de la audiencia, fijada a partir de las 14.00 horas, el empresario vinícola llegó al tribunal desde su residencia, el fundo Santa Elena de Placilla. Mantuvo silencio, evitando responder a la prensa que lo esperaba.

Con la comunicación de sentencia de seis años de presidio efectivo para el empresario vinícola de 72 años por su responsabilidad como autor de cuatro delitos reiterados de abuso sexual contra menores de 14 años, el tribunal de primera instancia fijó su prisión preventiva por el peligro de fuga, ordenando su ingreso a la cárcel de Rancagua el viernes 19 de julio. Tres días después, la Corte de Apelaciones de Rancagua reemplazó por arresto domiciliario total la medida cautelar y Eduardo Macaya regresó a su residencia en Placilla.

El mismo tribunal de alzada había otorgado el arresto domiciliario a Macaya el 15 julio de 2023, luego de 38 días en prisión preventiva tras ser formalizado, por una caución de 150 millones de pesos.

Al respecto del cambio en la medida cautelar, la fiscal que lideró la investigación, Javiera Oro, manifestó que presentaron nuevos antecedentes, entre ellos el sumario administrativo que envió Gendarmería, más la resolución del Tribunal Constitucional.Nos encontramos conformes con esta resolución”, indicó.

La Fiscalía de Alta Complejidad de O’Higgins en su acusación solicitó imponer una pena de 12 años de cárcel para el sentenciado y había mantenido su pretensión punitiva tras la condena, pese a que el empresario fue absuelto respecto a dos de los cuatro hechos imputados.

El abogado querellante Hernán Fernández, representante de una de las víctimas, calificó de “baja” la pena de seis años de cárcel impuesta al empresario, aunque valoró que se trate de una pena de presidio efectivo.

Desde que fue formalizado, Macaya ha permanecido privado de libertad por 415 días, tiempo que será abonado a su condena de ser ejecutoriada. Luego de la lectura de sentencia, las partes cuentan con un plazo de 10 días para recurrir por la nulidad del juicio. El plazo corre hasta el lunes.

Eduardo Macaya en el tribunal de San Fernando. Foto: Jorge Loyola / Aton Chile.

En el marco del proceso, la defensa del empresario acudió al Tribunal Constitucional con un recurso de inaplicabilidad respecto a la ejecución del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley 18.216 que delimita cuándo se deben aplicar las penas privativas o restrictivas de libertad. La acción se materializó en noviembre del año pasado por el abogado Juan Carlos Manríquez. El equipo jurídico del alcalde pedía que no se aplicara en su caso la norma que indica que no pueden acceder a una sustitución de penas quienes sean condenados por abusos sexuales. El TC lo rechazó y si la condena queda a firme, el ingeniero agrónomo la deberá cumplir en forma efectiva.

Ante un reportaje de El Mostrador que dio cuenta de un presunto trato preferencial que favoreció al empresario en la cárcel, la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile instruyó la realización de un sumario administrativo.

Por otro lado su hijo, Javier Macaya renunció a la presidencia de la UDI por presiones de su sector ante afirmaciones que hizo en defensa de su padre tras la condena.

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