La sesión N° 438 de la Comisión Antidistorsiones -realizada en dos días, el 11 y 16 de abril pasados y que duró seis horas en total- fue polémica porque los representantes del Banco Central, Francisco Ruiz y Miguel Fuentes, y el Fiscal Nacional Económico, Jorge Grunberg, se opusieron a imponer sobretasas arancelarias de 24,9% a las barras de acero y de 33% para las bolas de molienda provenientes de China y así lo explicitaron en el acta respectiva, firmada en la tarde del viernes 19 de abril pasado.
Estos expertos también expresaron sus aprensiones en cuanto a la decisión de la mayoría, que eran representantes de los ministerios de Hacienda, Agricultura, Economía, la Cancillería y Aduanas, en orden a que la instancia no tomó en consideración la contabilidad de las empresas exportadoras de productos de acero y tampoco concordaron si hay dumping y si éste provocó daño a la producción siderúrgica nacional.
Los representante del Banco Central son eminentemente técnicos: Francisco Ruiz es gerente de Estadísticas Macroeconómicas del instituto emisor y Miguel Fuentes es gerente de Estabilidad Financiera.
Cómo fue
La sesión en que se pusieron sobretasas arancelarias a las compras de acero de China y por la cual la Compañía Siderúrgica de Huachipato tomó la decisión de revertir la decisión de cerrar, partió el 11 de abril a las 10 horas, discutiendo derechos antidumping para las barras de acero, pero tras conocer los recursos de cinco entidades que apelaron y comenzar la discusión técnica, la sesión de la Comisión Antidistorsiones se suspendió a las 14 horas y se retomó el 16 de abril en la mañana.
Ese día, según el acta, se siguió discutiendo sobre derechos arancelarios extra para las bolas de acero de molienda originadas en China.
Respecto de las barras de acero, el documento señala que “el Presidente de la Comisión (Jorge Grunberg Pilowsky) y los representantes del Banco Central (Francisco Ruiz Aburto y Miguel Fuentes Díaz) no comparten la decisión de la mayoría y están por rechazar el recurso de reposición interpuesto por CAP Acero, por no contener nuevos antecedentes que hagan variar lo resuelto por el voto de minoría en la Sesión N° 437”, en la cual se procedió a promedio de 15,1% en barras.
Asimismo, tanto el Fiscal Nacional Económico como los expertos del instituto emisor estuvieron por acoger los recursos de Magotteaux, Baowu-Zhongnan y CISA “en cuanto a no aplicar por ahora ningún tipo de derecho antidumping provisional” debido a que, por un lado, no se debe prescindir sin más de los registros contables de las empresas productoras del producto investigado” y, además, “no existen antecedentes suficientes que permitan determinar preliminarmente que el daño o amenaza de daño grave a la rama de producción nacional sea causado por supuesto dumping en los precios de las importaciones del producto investigado.
Respecto de las bolas de molienda -un insumo clave para la industria minera- tanto Grunberg como Ruiz Aburto y Fuentes Díaz hicieron ver que “no comparten la decisión de la mayoría y señalan que están por rechazar el recurso de Molycop” (que pidió subir los aranceles para las importaciones de china) y, por el contrario, sí “acoger los recursos de reposición interpuestos por Elecmetal, XingCheng, Longfe, Feifan-Chile y Feifan-China, en cuanto a no aplicar, por ahora, ningún tipo de derecho antidumping provisional”. Los argumentos esgrimidos tanto por el timonel de la FNE como los expertos del Banco Central es que “no se debe prescindir sin más los registros contables de las empresas productoras” y “no existentes no existen antecedentes suficientes que permitan determinar preliminarmente que el daño o amenaza de daño grave a la rama de producción nacional sea causado por las importaciones del producto investigado”.
La Comisión Antidistorsiones, según el registro, resolvió “acoger parcialmente los recursos de reposición interpuestos por Elecmetal, XingCheng, Feifan -China, Feifan-Chile y Longte, sólo en lo que dice relación a que a los precios de exportación de aquellos exportadores que tienen importadores relacionados no debieron imputárseles un descuento por IVA”. Cabe señalar que Elecmetal advirtió un error de cálculo dado que se descontó dos veces el IVA.
Enjoy y sus acreedores acordaron, aplazar la junta de acreedores para votar el plan de reorganización de la empresa.
Esta instancia estaba convocada para este viernes 26 de julio en el 8vo Juzgado Civil de Santiago, sin embargo, según un comunicado emitido por la operadora de casino, se postergó tras un acuerdo unánime y “con el objetivo de afinar los últimos detalles del Plan de Reorganización Judicial y cerrar la obtención de financiamiento”.
Según lo anunciado, la nueva asamblea se realizará dentro de 10 días hábiles judiciales, por lo que se llevará a cabo el próximo 7 de agosto.
Cabe destacar que en dicha junta deliberativa los acreedores votarán la propuesta que busca dar continuidad a sus operaciones, cumplir sus obligaciones con sus trabajadores, clientes, proveedores y accionistas, y proyectar el desarrollo hacia el futuro. El nuevo plan busca maximizar la recuperación de deudas con los acreedores, a través de la reprogramación de los pasivos, y una reestructuración societaria de Enjoy.
En enero de este año, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) inició un estudio de mercado sobre la educación superior chilena para analizar la evolución competitiva de este segmento. Sin embargo, casas de estudios han llegado a tribunales para reclamar contra la entidad por el pedido de datos personales en el marco de dicho informe.
Fue así que, en dos informes presentados ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en respuesta a recursos de protección interpuestos por la Universidad de Santiago de Chile (Usach) y por la Universidad de Chile contra solicitudes de información, la FNE destacó las atribuciones que posee para solicitar información.
Los informes sobre las acciones de la Usach y de la Universidad de Chile se suman al ingresado el 11 de julio en respuesta a un recurso de protección de similares características presentado por la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC).
La FNE dio cuenta de las atribuciones que -dijo- expresamente le confiere la ley para requerir información y tratar datos personales; descartó que haya actuado de manera arbitraria, pues indicó que en todo momento lo hizo de manera fundada, razonable y proporcionada; y expresó que no hay una afectación de las garantías constitucionales invocadas por las recurrentes.
Además, la entidad expuso a la Corte que estas acciones no tienen precedentes en la institucionalidad de libre competencia nacional y que acceder a lo solicitado tendría consecuencias sistémicas que “podrían extenderse mucho más allá de los estudios sobre la evolución competitiva de los mercados que el legislador expresamente ha encomendado realizar a la FNE, causando un incalculable detrimento a las capacidades de este servicio para cumplir con su cometido legal en prácticamente toda la extensión de sus funciones y, con ello, un grave menoscabo del interés general proyectado al orden económico nacional”.
En sus respuestas, la FNE también solicitó a la Corte que rechace ambos recursos, considerando su carácter extemporáneo y que no son la vía idónea para impugnar solicitudes de información, como sí lo son los procedimientos ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), que ya se pronunció sobre el oficio a través del cual se pidió la información, manteniéndolo vigente en todas sus partes.
Supuestas amenazas
En su acción, la Usach señaló que es una institución pública, que no debe ser tratada como un agente económico privado que ha infringido la ley, y acusó que la FNE habría incurrido en “amenazas de sanciones pecuniarias y privativas de libertad” al solicitar la entrega de información de estudiantes y exestudiantes.
Al respecto, la Fiscalía respondió que la ley la autoriza expresamente para requerir información tanto a agentes o instituciones privadas como a diversas entidades del Estado y que estas últimas tienen, además, un deber especial de colaboración cuando son órganos de la Administración del Estado.
Asimismo, aportó antecedentes para negar las amenazas señaladas y que la institución “carece de atribuciones autónomas para la imposición de cualquier tipo de sanción o apremio respecto de las entidades y agentes económicos que intervienen en sus investigaciones o estudios de mercado”.
En el caso de la Universidad de Chile, el recurso de protección coincide con el argumento de la Usach respecto al carácter de institución pública de la casa de estudios y alude también a supuestas infracciones a la Ley de Protección de Datos Personales en la solicitud de la FNE.
Deberes de confidencialidad
En este sentido, la Fiscalía sostuvo que su solicitud de información fue emitida en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley y que es justificada y proporcional a la labor que realiza, cuyo desarrollo en ocasiones hace imprescindible solicitar y analizar antecedentes que califican como datos personales, encontrándose facultada legalmente al efecto. Planteó que, precisamente por lo anterior, es que la ley sujeta a los funcionarios de la Fiscalía a estrictos deberes de confidencialidad.
Otro antecedente que presentó la FNE es que 45 instituciones de educación superior -tanto públicas como privadas- respondieron solicitudes de información idénticas a la impugnada por la Usach y por la Universidad de Chile.
Nuevo Pudahuel, operador del Aeropuerto de Santiago, anunció este viernes el inicio de operaciones de Turkish Airlines.
A partir de diciembre, la aerolínea turca iniciará sus operaciones para conectar la capital de Chile y Estambul.
Con cuatro frecuencias semanales, el vuelo se realizará vía Sao Paulo en un Airbus A350-900, con capacidad para 324 asientos. Por esto, el servicio ofrecerá una capacidad de 2.600 pasajeros por semana.
A través de un comunicado, Nuevo Pudahuel expresó “su gran satisfacción de recibir a Turkish Airlines, por el gran alcance que dará su extensa red de conexiones, a los pasajeros que viajen desde y hacia Santiago”.