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Inédito fallo de la Corte de San Miguel lleva a familiares de víctima de DD.HH. a recurrir a la Corte Interamericana

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Como “violento e indignante” por parte de distintas agrupaciones de derechos humanos fue calificado el fallo que recientemente emitió la Corte de Apelaciones de San Miguel, respecto del caso de Vicente Blanco Ubilla, dirigente vecinal de San Bernardo que fue detenido y posteriormente asesinado en 1973, durante la dictadura militar.

Y es que de acuerdo con familiares de la víctima y los abogados que los representan, no había razón para que a más de 50 años de ocurrido los hechos, el tribunal de alzada anulara la sentencia dictada en contra de agentes del Estado y ordenara retrotraer todo el proceso a etapa de sumario. Por lo mismo, adelantaron que no sólo recurrirán de queja ante la Corte Suprema, sino que también realizarán presentaciones ante la Comisión y la Corte Corte Interamericana de DD.HH.

De acuerdo con los detalles entregados por el penalista Francisco Bustos, parte del equipo querellante, se está ante una resolución inédita, puesto que en más de 15 años no se habían acogido argumentos que, para ellos, contravienen directamente la obligación que tiene el Estado de no obstaculizar la persecución de violaciones a los derechos humanos.

En concreto, como explicó, lo que la Corte hizo fue acoger lo expuesto por el fiscal judicial del organismo, que advirtió que al momento de procesar y acusar a los agentes, la ministra Marianela Cifuentes los encausó por delitos de lesa humanidad amparándose en el Estatuto de Roma, pese a que este fue adoptado con posterioridad a que se cometieran los hechos en cuestión. Por lo mismo, entonces, es que se habría acogido la tesis de que la situación lesiona el derecho a la defensa.

FOTO: PABLO OVALLE ISASMENDI / AGENCIA UNO

Así las cosas, la resolución estableció: “La juez del fondo incurrió en un vicio que influye en lo dispositivo del fallo al calificar los hechos, además, como un crimen de lesa humanidad con una valoración jurídica más perjudicial para los sentenciados, sin que sus defensas hayan podido hacerse cargo de aquello en sus escritos de contestación a la acusación, desde que la imputación penal se limitó a la de un delito de secuestro calificado, con todas las implicancias que de ello se derivan para la aplicación de la pena”.

Y, por tanto, se agrega, se resolvió anular la sentencia apelada y se ordenó “retrotraer la tramitación de la presente causa al estado de sumario para pronunciarse acerca de las diligencias y sobreseimiento solicitados por las defensas de los procesados Hugo Medina Leiva y Alfonso Faúndez y de dictarse la acusación en forma”.

Frente a la determinación, Bustos detalló que “como abogados de los familiares de Vicente Blanco Ubilla y como litigantes en materias de derechos humanos, nos parece que es una resolución sumamente preocupante, ante lo cual vamos a presentar un recurso de queja ante la Corte Suprema, sin prejuicio de que además vamos a hacer una presentación ante la comisión y la Corte Interamericana, porque se está desconociendo lo que se ordenó en el caso Almonacid. Aquello es que el Estado chileno no puede bajo ningún pretexto poner obstáculos para el juzgamiento de los delitos de lesa humanidad”.

“El Estado chileno ha suscrito todos los instrumentos internacionales e incluso ahora un tratado firmado por el ministro Cordero recientemente en La Haya. Entonces, aquí se están vulnerando diversas obligaciones internacionales y vamos a buscar revertir esta sentencia”, dijo.

11 de julio del 2023 / SANTIAGO En el Día de la Dignidad Nacional y a dos meses de que se conmemoren los 50 años del golpe de Estado, la Coordinadora Luchas y Memorias a 50 años, integrada por diversas organizaciones sociales, populares, sitios de memoria y defensores/as de derechos humanos, dan inicio a acciones en torno a los 50 años del golpe. FRANCISCO PAREDES / AGENCIA UNO

Explicó, en la misma línea que si bien el fiscal judicial había hecho otros pronunciamientos en este sentido, “la Corte en general había acogido nuestras observaciones y las de otros colegas -en causas en que no somos parte-, diciendo que en definitiva los inculpados no vieron afectado su derecho a la defensa porque ellos presentaron excepciones y, al presentarlas, se les dijo que eran delitos de lesa humanidad por tal y tal fuente. Y nosotros sí plasmamos eso en nuestra acusación particular”.

Incluso, complementó con que existe una resolución del Tribunal Constitucional (TC), a propósito del episodio “boinas negras”, que establece que el Estatuto de Roma “se debe leer como un instrumento que cristaliza la norma imperativa de derecho internacional en orden al deber de investigar, juzgar y sancionar los delitos de lesa humanidad. En realidad, entonces, cuando la ministra refiere esta norma está haciendo presente todo un corpus de derecho internacional”.

Por tanto, de acuerdo con los antecedentes expuestos por Bustos, la Corte debió haber considerado que al haber la ministra mencionado el Estatuto de Roma, estaba haciendo mención implícita a una serie de otras normas o tratados, por lo que descarta que se haya afectado el derecho a la defensa.

“La familia está sumamente indignada, ellos no podían creer esto, porque ellos sabían que se podían modificar las condenas, pero que acá se obligue a hacer todo de nuevo, es algo muy violento”, cerró el abogado que se desempeña en el equipo encabezado por Nelson Caucoto.

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Eduardo Macaya: OS-9 incauta celular de jefe operativo de Cárcel de Rancagua

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Este viernes, el OS-9 de Carabineros incautó el celular de Cristián Solis Riesco, jefe operativo de la cárcel de Rancagua, recinto donde el empresario Eduardo Macaya Zentilli pasó tres días cumpliendo prisión preventiva luego de ser condenado a seis años de presidio por cuatro delitos de abuso sexual en contra de dos menores de edad.

La diligencia se debe a una investigación de oficio abierta por el Ministerio Público por un presunto tráfico de influencias ante los privilegios que habría tenido el empresario vinícola al interior del penal, hasta que la Corte de Apelaciones revocara la cautelar y decretara arresto domiciliario.

Solís Riesco es apuntado como uno de los responsables del trato diferenciado que habría recibido Macaya Zentilli en el recinto penal.

Las indagatorias ocurren luego de que se confirmara que el padre del senador y expresidente de la UDI Javier Macaya permaneció los tres días que estuvo con la máxima cautelar después de la sentencia en el sector de enfermería de la Cárcel de Rancagua, y de que funcionaros del recinto afirmaran a El Mostrador que Eduardo Macaya recibió otra serie de privilegios al interior del recinto.

Producto de esto, Gendarmería instruyó el pasado martes 23 de julio un sumario administrativo, “para establecer la veracidad de dichos antecedentes y eventuales responsabilidades en la correcta aplicación de protocolos y procedimientos”.

Las diligencias al interior de la institución penitenciaria se activaron ese mismo día, con el resguardo de las cámaras de seguridad del recinto.

Eduardo Macaya al retirarse de la cárcel de Rancagua cuando se revocó la prisión preventiva luego de tres días de su condena.

Durante su primera estadía de Eduardo Macaya en la cárcel luego de ser condenado, a la que retornó este viernes luego de que el TOP de San Fernando volviera a decretar la prisión preventiva, Macaya habría tenido “regalías” que no tienen el resto de los internos, de acuerdo a lo señalado por funcionarios de Gendarmería que trabajan en la Cárcel de Rancagua. Llamadas telefónicas menos restringidas, atención preferente, habitación en solitario con ducha con agua caliente y visitas “en cualquier horario” serían algunos de los privilegios del empresario.

Según lo afirmado por los gendarmes consultados, los familiares del hombre de 72 años además se estacionaban a un costado de las casas fiscales que utilizan altos funcionarios de la institución, siendo atendidos por Cristian Solís Riesco, el jefe operativo cuyo celular fue incautado esta jornada.

Además, Eduardo Macaya habría recibido encomiendas sin que estas pasaran por las revisiones que establece el protocolo carcelario.

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El mea culpa de fiscal Valencia por la “patrona de lujo” en Chile

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Una mujer colombiana de 47 años, apodada como la Patrona de lujo”, fue detenida durante un allanamiento en la toma “El sueño de todos” en Puente Alto. Sandra Milena Acevedo Riascos era una de las mujeres más buscada en Cali.

En 2010, la policía colombiana ingresó a la mujer a su registro de los delincuentes más buscados y está vinculada a bandas criminales de la cuidad cafetera. Pese a tener un amplio prontuario en Colombia, acorde a 24 horas, desde 2009 que vivía en Chile, luego de ingresar de forma regular al país. Tras su tiempo en territorio nacional, incluso obtuvo la residencia definitiva.

Sobre esta detención, el fiscal nacional Ángel Valencia confesó que “simplemente no la habíamos detectado y no la estábamos buscando. Y eso demuestra que nuestros sistemas de cooperación policial y judicial todavía dejan mucho que desear”.

“Nos falta mucho por avanzar en aquello. La situación de las bandas que operan de manera transfronteriza es una realidad indudable”, indicó en conversación con TVN.

El líder del Ministerio Público también apuntó a la delincuencia en las tomas irregulares: “Hemos advertido en otras oportunidades sobre las tomas de terreno controladas por el crimen organizado”.

“Históricamente en Chile las tomas de terreno estaban asociadas básicamente a organizaciones o agrupaciones de carácter popular que buscaban resolver sus problemas de vivienda y recurrían a la fuerza. Pero eran básicamente personas que se autoorganizaban, que tenían comités propios y que tomaban esa decisión. Esto fue evolucionando al loteo. Hoy en día lo que tenemos lamentablemente son muchos focos de lotes de terrenos informales en los cuales una banda toma el control”, explicó.

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Deportación de senadores: Cancillería entregará nota de protesta a embajador de Venezuela en Chile

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Esta tarde se conoció que las autoridades venezolanas impidieron la entrada a los senadores Felipe Kast y Rojo Edwards, quienes viajaron al país sudamericano para presenciar las elecciones presidenciales de este domingo, tras ser invitados por la oposición a Nicolás Maduro para ser observadores del proceso electoral.

En sus cuentas de la red social X, ambos parlamentarios criticaron la medida, la que calificaron como “completamente arbitraria”.

Ante esto, el Ministerio de Relaciones Exteriores citó al embajador de Venezuela en Chile, Arévalo Méndez, para entregarle una nota de protesta por la situación, según señalaron desde la Cancillería. La misiva fue entregada a Méndez minutos antes de las 21 horas de este viernes.

Minutos antes, la mesa del Senado había emitido una declaración en la que criticaron la “arbitraria prohibición de ingreso a territorio venezolano que sufrieron los senadores Felipe Kast y Manuel José Rojo Edwards”, por la que llamaron al gobierno de Gabriel Boric a “adoptar las medidas diplomáticas necesarias y suficientes para representar el serio agravio que este hecho constituye en contra del Estado chileno”.

En el texto, desde la Cámara Alta recordaron que ambos senadores “habían sido invitados por el candidato presidencial de la oposición, señor Edmundo González Urrutia, en un viaje autorizado por el Senado e informado a Cancillería, y cuya finalidad era la de observar el normal desarrollo del proceso electoral”.

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