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Oncólogo Álvarez recurre a la Suprema para revertir prisión preventiva tras ser condenado por abuso sexual

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Hasta la Corte Suprema recurrió la defensa del oncólogo Manuel Álvarez, luego de que el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago decretara el martes 23 de abril la medida cautelar de prisión preventiva en contra del exdirector del Centro Oncológico de la Clínica Las Condes (CLC), quien fue condenado por dos delitos reiterados de abuso sexual en contra de dos sus pacientes.

La decisión del tribunal fue adoptada durante la misma audiencia en la que se condenó a Álvarez, en contra quien el Ministerio Público pide 16 años de cárcel por abusar de dos de sus pacientes en tratamiento contra el cáncer. Una de ellas, de hecho. falleció durante el proceso judicial que comenzó el 2017.

La defensa del oncólogo, quien previamente fue condenado en Punta Arenas por los mismos hechos en contra de una paciente, recurrió a la Corte de Apelaciones de Santiago para presentar un recurso de amparo solicitando que se decretara ilegal la decisión de las magistradas Lorraine Gigogne, Rossana Costa y María Paz López, quienes decretaron que Álvarez debía quedar en prisión preventiva en la Cárcel Santiago Uno al ser considerado un peligro para la sociedad, y con riesgo de reiteración y de fuga.

La defensa encabezada por el abogado penalista César Ramos, solicitó dejar sin efecto la medida cautelar y que el tribunal de alzada decretara la inmediata libertad del oncólogo.

El recurso ingresado por el abogado Ramos ante el tribunal de segunda instancia, el cual fue declarado inadmisible, sostenía que la resolución de decretar la prisión preventiva del oncólogo “carece de fundamento legal alguno”. En su argumentación sostiene que se omitió la explicación de por qué el tribunal consideró proporcional, adecuada e indispensable esa medida. “No se hace cargo de ninguno de los argumentos por esta defensa”, agrega.

El tribunal consideró inadmisible el recurso en orden a que “no puede pretenderse que la acción de amparo se erija en un instrumento que propicie la revisión anómala e impropia de lo actuado por un tribunal. Aceptarlo importaría distorsionar tanto la finalidad de la acción de amparo como la regularidad elemental del procedimiento que la rige”.

A juicio de los abogados del oncólogo, según consta en el escrito ingresado este miércoles, la decisión del tribunal de alzada “evidentemente se trata de una resolución errada”. Por lo mismo, solicita al máximo tribunal que lo admita a trámite, revoque la inadmisibilidad de la Corte para que este revise la solicitud de que se declare ilegal la prisión preventiva del condenado por abuso sexual.

El recurso ante la Suprema, insiste que hay una “evidente falta de fundamentación de la resolución en relación con la necesidad de la medida cautelar de prisión preventiva”. Junto con eso afirma que lo resuelto ha vulnerado los derechos del amparado don Manuel Álvarez Zenteno infringiendo no sólo el principio de excepcionalidad que rige especialmente a la medida cautelar de prisión preventiva, sino además la normativa constitucional relativa al derecho a la libertad personal y al debido proceso, todo lo cual hace procedente la acción constitucional de amparo declarada inadmisible” el tribunal de alzada.

Consultada al respecto, Susana Borzutzky -abogada querellante del caso- sostiene que “la señal que dio la Corte es que las instituciones funcionan, atendido que hay un riesgo de fuga inminente por la pena alta que se está solicitando tanto por la Fiscalía como por esta parte querellante y que existe un riesgo de fuga lógico y una necesidad cautela. Sin perjuicio a lo anterior, los delitos por los cuales ya fue condenado el imputado por unanimidad por el tribunal acreditan un peligro a la sociedad inminente. Sobre todo, la vez anterior, que fue formalizado en Santiago, luego se fue a Punta Arenas y cometió los mismos hechos. Por tanto, el dejarlo en libertad coloca en riesgo a las mujeres”.

La defensa de Álvarez también entrega sus fundamentos para que la Corte Suprema ordene al tribunal de alzada a declarar admisible el recurso de amparo. Según sostiene el escrito, “la acción constitucional de amparo siempre resulta procedente, cuando se afecte la libertad personal con infracción a lo establecido en la Constitución y las leyes, aunque se trate de resolución judicial dictada por el tribunal”.

En ese sentido, sostiene que “habiéndose afectado en el presente caso la libertad personal del amparado sin respetarse aquellas formas establecidas en la Constitución y la ley” que va en contra de lo establecido en la carta fundamental, ya que “no se ajusta a derecho, toda vez que ésta resulta plenamente procedente y surge como el único remedio adecuado y oportuno para restablecer el imperio del derecho en el caso en cuestión”. Todo lo cual -afirma el requerimiento- en las otras resoluciones que dictado la Suprema.

El próximo 10 de mayo, el tribunal comunicará la pena a la que será condenado quien fuera considerado uno de los médicos oncólogos más reconocidos del país.

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El mea culpa de fiscal Valencia por la “patrona de lujo” en Chile

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Una mujer colombiana de 47 años, apodada como la Patrona de lujo”, fue detenida durante un allanamiento en la toma “El sueño de todos” en Puente Alto. Sandra Milena Acevedo Riascos era una de las mujeres más buscada en Cali.

En 2010, la policía colombiana ingresó a la mujer a su registro de los delincuentes más buscados y está vinculada a bandas criminales de la cuidad cafetera. Pese a tener un amplio prontuario en Colombia, acorde a 24 horas, desde 2009 que vivía en Chile, luego de ingresar de forma regular al país. Tras su tiempo en territorio nacional, incluso obtuvo la residencia definitiva.

Sobre esta detención, el fiscal nacional Ángel Valencia confesó que “simplemente no la habíamos detectado y no la estábamos buscando. Y eso demuestra que nuestros sistemas de cooperación policial y judicial todavía dejan mucho que desear”.

“Nos falta mucho por avanzar en aquello. La situación de las bandas que operan de manera transfronteriza es una realidad indudable”, indicó en conversación con TVN.

El líder del Ministerio Público también apuntó a la delincuencia en las tomas irregulares: “Hemos advertido en otras oportunidades sobre las tomas de terreno controladas por el crimen organizado”.

“Históricamente en Chile las tomas de terreno estaban asociadas básicamente a organizaciones o agrupaciones de carácter popular que buscaban resolver sus problemas de vivienda y recurrían a la fuerza. Pero eran básicamente personas que se autoorganizaban, que tenían comités propios y que tomaban esa decisión. Esto fue evolucionando al loteo. Hoy en día lo que tenemos lamentablemente son muchos focos de lotes de terrenos informales en los cuales una banda toma el control”, explicó.

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Deportación de senadores: Cancillería entregará nota de protesta a embajador de Venezuela en Chile

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Esta tarde se conoció que las autoridades venezolanas impidieron la entrada a los senadores Felipe Kast y Rojo Edwards, quienes viajaron al país sudamericano para presenciar las elecciones presidenciales de este domingo, tras ser invitados por la oposición a Nicolás Maduro para ser observadores del proceso electoral.

En sus cuentas de la red social X, ambos parlamentarios criticaron la medida, la que calificaron como “completamente arbitraria”.

Ante esto, el Ministerio de Relaciones Exteriores citó al embajador de Venezuela en Chile, Arévalo Méndez, para entregarle una nota de protesta por la situación, según señalaron desde la Cancillería. La misiva fue entregada a Méndez minutos antes de las 21 horas de este viernes.

Minutos antes, la mesa del Senado había emitido una declaración en la que criticaron la “arbitraria prohibición de ingreso a territorio venezolano que sufrieron los senadores Felipe Kast y Manuel José Rojo Edwards”, por la que llamaron al gobierno de Gabriel Boric a “adoptar las medidas diplomáticas necesarias y suficientes para representar el serio agravio que este hecho constituye en contra del Estado chileno”.

En el texto, desde la Cámara Alta recordaron que ambos senadores “habían sido invitados por el candidato presidencial de la oposición, señor Edmundo González Urrutia, en un viaje autorizado por el Senado e informado a Cancillería, y cuya finalidad era la de observar el normal desarrollo del proceso electoral”.

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Senado califica deportación de Kast y Edwards como “antidemocrática”

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La mesa del Senado de Chile declaró este viernes que la deportación de los senadores Felipe Kast (Evópoli) y Rojo Edwards (PSC) desde Venezuela, constituye una acción “antidemocrática”, por lo que solicitaron al gobierno tomar medidas diplomáticas ante lo que calificaron un “agravio” en contra del país.

Los legisladores al momento de llegar a Venezuela no pudieron formalizar su ingreso a su llegada como delegación oficial de la Cámara Alta que participaría como observadores del proceso eleccionario que se realizará este domingo y donde se define la continuidad del régimen de Nicolás Maduro frente a Edmundo González, quien se perfila como potencial ganador de los comicios.

A través de una declaración, el Senado afirmó que Kast y Edwards fueron invitados por González. El periplo había sido autorizado por la corporación y también informado a la Cancillería para “observar el normal desarrollo del proceso electoral”.

“Los hechos denotan la mayor gravedad. Los senadores chilenos cuentan con todas las condiciones exigidas usualmente por la República Bolivariana de Venezuela para hacer ingreso a su territorio”, señala el escrito firmado por presidente del Senado José García Ruminot (RN) y el vicepresidente, Matías Walker (Demócratas).

En ese contexto, añaden que la acción “son antidemocráticas, y solo manifiestan el comportamiento reiterado del Gobierno de Venezuela, en orden a impedir la realización de elecciones con garantías mínimas que aseguren un resultado imparcial”.

Asimismo, las autoridades del Senado destacaron el rol de la corporación como “pilar fundamental del Estado de derecho” y “cuyos miembros tienen un compromiso irrestricto con el desarrollo y fortalecimiento de sociedades democráticas en todo el mundo”.

Debido a lo anterior, es que los firmantes solicitaron acciones diplomáticas al gobierno para “representar el serio agravio que este hecho constituye en contra del Estado chileno”.

“El pueblo venezolano merece volver a vivir en libertad, con pleno respeto y garantía a sus derechos fundamentales, y bajo condiciones que aseguren un sistema político pluralista y elecciones transparentes”, sostuvieron Walker y Ruminot.

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