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Preemergencia este viernes en Región Metropolitana: revisa restricción vehicular
La Delegación Presidencial Metropolitana decretó la segunda preemergencia ambiental del año para este viernes en la Región Metropolitana para este viernes 7 de junio.
Esto, debidos a las condiciones atmosféricas actuales y proyectadas que se registran en la cuenca de Santiago, y con el fin de resguardar la salud de la población.
Durante este jueves, la calidad del aire alcanzó niveles de regular en todas las estaciones de la Red de Monitoreo del Ministerio del Medio Ambiente, salvo las estaciones de Las Condes y Puente Alto que se mantuvieron en el rango de bueno.
Las autoridades regionales, realizaron un llamado a la población a respetar las medidas decretadas con este episodio, especialmente la prohibición de encender calefactores a leña y derivados de la madera (incluido pellets) en toda la Región Metropolitana, medida que será fiscalizada por los equipos de la Seremi de Salud de la RM, en conjunto con los municipios y Carabineros de Chile.
El cumplimiento de prohibición de quemas agrícolas -que rige hasta el 31 de octubre- será fiscalizada fuertemente por la Seremi de Agricultura, a través de los equipos fiscalizadores de SAG y CONAF RM.
Además los grandes establecimientos industriales que no hayan presentado sus Planes de Reducción de Emisiones o no estén cumpliendo las metas a las cuales se comprometieron, deben paralizar sus actividades desde la medianoche de este jueves. La fiscalización de esto la realizará la Superintendencia del Medio Ambiente.
Producto de la medida, en las provincia de Santiago, San Bernardo y Puente Alto, no podrán circular entre las 7.30 y 21.00 horas los autos con sello verde inscritos antes de septiembre de 2011 cuyas patentes finalicen en 2 y 3.
No podrán transitar además los automóviles sin sello verde y motos inscritas antes de 2002 cuyas placas terminen en 4, 5, 6, 7, 8 y 9.
Se mantiene la restricción permanente en el Anillo Américo Vespucio para todos los vehículos sin sello verde inscritos con anterioridad a 2002.
Las motocicletas y similares inscritas antes de septiembre de 2010, no podrán circulas si sus patentes finalizan en 2 y 3.
Los buses de transporte privado, interurbanos y rurales sin sello verde cuyas patentes terminen en 4, 5, 6, 7, 8 y 9, tampoco podrán transitar entre las 10.00 y las 16.00 horas.
No podrán circular al interior del Anillo Américo Vespucio -entre las 10,00 y 18.00- los vehículos de transporte de carga -camionetas incluidas- sin sello verde cuyas patentes culminen en 4, 5, 6, 7, 8 y 9, y los con sello verde terminados en 2 y 3.
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