La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) informó este martes que formuló cargos a 47 grandes empresas por no cumplir con lo estipulado en la Ley de Eficiencia Energética, que rige para compañías de gran tamaño, por lo que se exponen a multas que pueden llegar hasta las 60 mil Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, casi $ 4 mil millones.
Entre las firmas involucradas está LMC Services (Chile) SPA, Nuevo Capital S.A., Desarrollo Agrario S.A., DFMC SPA, Alimentos Multiexport S.A., Laboratorios Garden House Farmacéutica S.A., Levi Strauss Chile Limitada, Valverde Norambuena SPA, Supermercado Pucón Oriente Limitada, Servicios de Salud Integrados S.A., Brink’s Chile S.A., 3M Chile S.A., Schneider Electric Chile SPA., Red de Televisión Chilevisión S.A., Embonor S.A., entre otros.
La Ley de Eficiencia Energética fue promulgada en el año 2021 para fomentar la eficiencia energética a nivel nacional, promoviendo la gestión de la energía en grandes consumidores, siendo un componente importante para alcanzar la carbono neutralidad al año 2050.
Según explicó la SEC en un comunicado, la legislación establece dos obligaciones. La primera es que todas aquellas empresas, personas jurídicas comerciales o sociedades extranjeras, cuyos ingresos anuales por ventas y servicios sean mayores a 1 millón de unidades de fomento en el último año, y que tuvieran contratados a 200 trabajadores o más, y además, aquellas compañías que hayan tenido durante el año anterior un consumo de 50 o más tera-calorías, deben reportar sus consumos e intensidad energética a través del Sistema de Información del Balance Nacional de Energía, SIBNE. Y, la segunda, es que todas aquellas empresas que sean denominadas bajo resolución Ministerial como Consumidores con Capacidad de Gestión de Energía, o CCGE, deben implementar uno o más Sistemas de Gestión de Energía, SGE.
A la fecha ya existen dos procesos de reportes de consumos a través del SIBNE finalizados (2022 y 2023 respectivamente) y un tercero actualmente en desarrollo (2024). En el primer proceso de reporte energético (2022) se registró un total de 445 empresas inscritas, de las 1.266 que debían realizarlo, es decir, un 60% de las empresas (821) no cumplió con su obligación. En el segundo proceso (2023) esta brecha disminuyó significativamente siendo un 5,8% de empresas en falta (73 compañías).
Proceso de investigación
Al monitorear la obligación de realizar el reporte anual en el BNE, la SEC inició un proceso de investigación, a principios del año 2024, respecto a las 73 empresas que estaban en incumplimiento de la Ley, constatando que un 36% de ellas regularizó su situación. Sin embargo, aún existen algunas en falta, razón por la cual se formuló cargos a 47 compañías por no entregar al Ministerio de Energía los reportes correspondientes a los procesos de los años 2022 y 2023.
Al respecto, en el escrito, el superintendente (s) de la SEC, Mariano Corral, sostuvo que “es relevante que las grandes empresas tomen conciencia de la importancia de gestionar la energía que utilizan. Más allá de las multas, que puedan derivar de los procesos administrativos, lo que nos interesa es que las compañías cumplan con esta legislación, la que tiene como objetivo ayudar al proceso de descarbonización, en el que todos nos hemos comprometido”.
La SEC llamó a las empresas a revisar en este link el listado de aquellos obligados a reportar en el actual proceso, el cual se extiende hasta el 8 de mayo de este año. “Además, y dado que el BNE, históricamente ha sido voluntario, se hace extensiva la invitación a las empresas, que no mantengan la obligación de informar, que regularmente reportan, y a las nuevas compañías, a realizar su declaración de consumos energéticos, lo cual será un insumo fundamental para el diseño de políticas públicas que nos permitan, como país, alcanzar las metas establecidas en materia de eficiencia energética”, sostuvo la entidad en el comunicado.
Enjoy y sus acreedores acordaron, aplazar la junta de acreedores para votar el plan de reorganización de la empresa.
Esta instancia estaba convocada para este viernes 26 de julio en el 8vo Juzgado Civil de Santiago, sin embargo, según un comunicado emitido por la operadora de casino, se postergó tras un acuerdo unánime y “con el objetivo de afinar los últimos detalles del Plan de Reorganización Judicial y cerrar la obtención de financiamiento”.
Según lo anunciado, la nueva asamblea se realizará dentro de 10 días hábiles judiciales, por lo que se llevará a cabo el próximo 7 de agosto.
Cabe destacar que en dicha junta deliberativa los acreedores votarán la propuesta que busca dar continuidad a sus operaciones, cumplir sus obligaciones con sus trabajadores, clientes, proveedores y accionistas, y proyectar el desarrollo hacia el futuro. El nuevo plan busca maximizar la recuperación de deudas con los acreedores, a través de la reprogramación de los pasivos, y una reestructuración societaria de Enjoy.
En enero de este año, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) inició un estudio de mercado sobre la educación superior chilena para analizar la evolución competitiva de este segmento. Sin embargo, casas de estudios han llegado a tribunales para reclamar contra la entidad por el pedido de datos personales en el marco de dicho informe.
Fue así que, en dos informes presentados ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en respuesta a recursos de protección interpuestos por la Universidad de Santiago de Chile (Usach) y por la Universidad de Chile contra solicitudes de información, la FNE destacó las atribuciones que posee para solicitar información.
Los informes sobre las acciones de la Usach y de la Universidad de Chile se suman al ingresado el 11 de julio en respuesta a un recurso de protección de similares características presentado por la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC).
La FNE dio cuenta de las atribuciones que -dijo- expresamente le confiere la ley para requerir información y tratar datos personales; descartó que haya actuado de manera arbitraria, pues indicó que en todo momento lo hizo de manera fundada, razonable y proporcionada; y expresó que no hay una afectación de las garantías constitucionales invocadas por las recurrentes.
Además, la entidad expuso a la Corte que estas acciones no tienen precedentes en la institucionalidad de libre competencia nacional y que acceder a lo solicitado tendría consecuencias sistémicas que “podrían extenderse mucho más allá de los estudios sobre la evolución competitiva de los mercados que el legislador expresamente ha encomendado realizar a la FNE, causando un incalculable detrimento a las capacidades de este servicio para cumplir con su cometido legal en prácticamente toda la extensión de sus funciones y, con ello, un grave menoscabo del interés general proyectado al orden económico nacional”.
En sus respuestas, la FNE también solicitó a la Corte que rechace ambos recursos, considerando su carácter extemporáneo y que no son la vía idónea para impugnar solicitudes de información, como sí lo son los procedimientos ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), que ya se pronunció sobre el oficio a través del cual se pidió la información, manteniéndolo vigente en todas sus partes.
Supuestas amenazas
En su acción, la Usach señaló que es una institución pública, que no debe ser tratada como un agente económico privado que ha infringido la ley, y acusó que la FNE habría incurrido en “amenazas de sanciones pecuniarias y privativas de libertad” al solicitar la entrega de información de estudiantes y exestudiantes.
Al respecto, la Fiscalía respondió que la ley la autoriza expresamente para requerir información tanto a agentes o instituciones privadas como a diversas entidades del Estado y que estas últimas tienen, además, un deber especial de colaboración cuando son órganos de la Administración del Estado.
Asimismo, aportó antecedentes para negar las amenazas señaladas y que la institución “carece de atribuciones autónomas para la imposición de cualquier tipo de sanción o apremio respecto de las entidades y agentes económicos que intervienen en sus investigaciones o estudios de mercado”.
En el caso de la Universidad de Chile, el recurso de protección coincide con el argumento de la Usach respecto al carácter de institución pública de la casa de estudios y alude también a supuestas infracciones a la Ley de Protección de Datos Personales en la solicitud de la FNE.
Deberes de confidencialidad
En este sentido, la Fiscalía sostuvo que su solicitud de información fue emitida en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley y que es justificada y proporcional a la labor que realiza, cuyo desarrollo en ocasiones hace imprescindible solicitar y analizar antecedentes que califican como datos personales, encontrándose facultada legalmente al efecto. Planteó que, precisamente por lo anterior, es que la ley sujeta a los funcionarios de la Fiscalía a estrictos deberes de confidencialidad.
Otro antecedente que presentó la FNE es que 45 instituciones de educación superior -tanto públicas como privadas- respondieron solicitudes de información idénticas a la impugnada por la Usach y por la Universidad de Chile.
Nuevo Pudahuel, operador del Aeropuerto de Santiago, anunció este viernes el inicio de operaciones de Turkish Airlines.
A partir de diciembre, la aerolínea turca iniciará sus operaciones para conectar la capital de Chile y Estambul.
Con cuatro frecuencias semanales, el vuelo se realizará vía Sao Paulo en un Airbus A350-900, con capacidad para 324 asientos. Por esto, el servicio ofrecerá una capacidad de 2.600 pasajeros por semana.
A través de un comunicado, Nuevo Pudahuel expresó “su gran satisfacción de recibir a Turkish Airlines, por el gran alcance que dará su extensa red de conexiones, a los pasajeros que viajen desde y hacia Santiago”.