Luego de varias disputas con la industria aseguradora, el Servicio de Impuestos Internos (SII) finalmente definió el esquema tributario que tendrán los seguros con pólizas de ahorro y vida.
En el caso de los seguros con ahorro, antes de la publicación de la Circular N° 21, el reglamento fue sometido a consulta desde finales de enero hasta el 9 de febrero y recibió más de 90 comentarios, varios de ellos de la industria aseguradora.
El documento del organismo de control -que entrará en vigencia una vez sea publicado en el Diario Oficial-, establece que las redenciones parciales que realicen los contratantes de estas pólizas estarán sujetas al pago del impuesto sobre la renta, así como el total rescates que no reúnan los requisitos para acogerse al tratamiento fiscal especial establecido por la Ley del Impuesto sobre la Renta en el artículo N° 17.
La normativa busca poner fin a la polémica iniciada a finales de 2018, cuando el SII informó a las aseguradoras de vida que los seguros con ahorro o Cuenta Única de Inversión (CUI) debían tributar.
Tras conocerse la circular, fuentes del sector asegurador comentan que las empresas se preparan para informar a sus clientes sobre los alcances de la normativa del SII.
punto crítico
Uno de los aspectos que genera incertidumbre en la circular -y por el que algunas aseguradoras están evaluando acciones legales-, es que el saldo inicial del seguro con ahorro que se utiliza para calcular el monto del impuesto a pagar tendría un efecto retroactivo. , a pesar de que los impuestos se paguen con cargo a los nuevos rescates y no a los realizados con anterioridad a su publicación en el Boletín Oficial.
Esto se debe a que el cálculo de los impuestos considera la rentabilidad que ha logrado el seguro con ahorro desde el momento en que se contrató y no solo los rendimientos obtenidos desde que entró en vigencia.
“Lo que debió establecer la circular es que en las pólizas antiguas -el stock-, el saldo inicial es el que se encuentra al momento de entrar en vigencia la circular, de lo contrario se va haciendo retroactivo, tomando rendimientos pasados. Esa es la principal observación”, comenta el socio de Mena Alessandri & Asociados, Cristián Mena.
Seguros de vida
Además de la circular sobre seguros con ahorro, el SII también publicó el reglamento sobre el pago de impuestos a los seguros de vida, ya que el gobierno del expresidente Sebastián Piñera los eliminó de las exenciones tributarias para financiar la Pensión Universal Garantizada (PGU). ).
En esta circular, uno de los temas que más afecta a la industria es la operación de pago de impuestos, ya que serán las compañías de seguros las que tendrán que reducir el impuesto que les corresponda aplicar a los beneficiarios de seguros de vida. Algunas aseguradoras habían pedido al SII que los propios beneficiarios se hicieran cargo del proceso.
“El Servicio lo que hace es imponer a las compañías de seguros la obligación de retener, declarar y pagar el impuesto. Señala que antes de pagar la indemnización del seguro, la empresa debe proteger el interés fiscal, trasladando la responsabilidad a las empresas, para lo cual necesitarán un equipo especial de abogados para poder satisfacer esa responsabilidad”, comenta el socio de Recabarren & Asociados Luis Felipe Ocampo.
Enjoy y sus acreedores acordaron, aplazar la junta de acreedores para votar el plan de reorganización de la empresa.
Esta instancia estaba convocada para este viernes 26 de julio en el 8vo Juzgado Civil de Santiago, sin embargo, según un comunicado emitido por la operadora de casino, se postergó tras un acuerdo unánime y “con el objetivo de afinar los últimos detalles del Plan de Reorganización Judicial y cerrar la obtención de financiamiento”.
Según lo anunciado, la nueva asamblea se realizará dentro de 10 días hábiles judiciales, por lo que se llevará a cabo el próximo 7 de agosto.
Cabe destacar que en dicha junta deliberativa los acreedores votarán la propuesta que busca dar continuidad a sus operaciones, cumplir sus obligaciones con sus trabajadores, clientes, proveedores y accionistas, y proyectar el desarrollo hacia el futuro. El nuevo plan busca maximizar la recuperación de deudas con los acreedores, a través de la reprogramación de los pasivos, y una reestructuración societaria de Enjoy.
En enero de este año, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) inició un estudio de mercado sobre la educación superior chilena para analizar la evolución competitiva de este segmento. Sin embargo, casas de estudios han llegado a tribunales para reclamar contra la entidad por el pedido de datos personales en el marco de dicho informe.
Fue así que, en dos informes presentados ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en respuesta a recursos de protección interpuestos por la Universidad de Santiago de Chile (Usach) y por la Universidad de Chile contra solicitudes de información, la FNE destacó las atribuciones que posee para solicitar información.
Los informes sobre las acciones de la Usach y de la Universidad de Chile se suman al ingresado el 11 de julio en respuesta a un recurso de protección de similares características presentado por la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC).
La FNE dio cuenta de las atribuciones que -dijo- expresamente le confiere la ley para requerir información y tratar datos personales; descartó que haya actuado de manera arbitraria, pues indicó que en todo momento lo hizo de manera fundada, razonable y proporcionada; y expresó que no hay una afectación de las garantías constitucionales invocadas por las recurrentes.
Además, la entidad expuso a la Corte que estas acciones no tienen precedentes en la institucionalidad de libre competencia nacional y que acceder a lo solicitado tendría consecuencias sistémicas que “podrían extenderse mucho más allá de los estudios sobre la evolución competitiva de los mercados que el legislador expresamente ha encomendado realizar a la FNE, causando un incalculable detrimento a las capacidades de este servicio para cumplir con su cometido legal en prácticamente toda la extensión de sus funciones y, con ello, un grave menoscabo del interés general proyectado al orden económico nacional”.
En sus respuestas, la FNE también solicitó a la Corte que rechace ambos recursos, considerando su carácter extemporáneo y que no son la vía idónea para impugnar solicitudes de información, como sí lo son los procedimientos ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), que ya se pronunció sobre el oficio a través del cual se pidió la información, manteniéndolo vigente en todas sus partes.
Supuestas amenazas
En su acción, la Usach señaló que es una institución pública, que no debe ser tratada como un agente económico privado que ha infringido la ley, y acusó que la FNE habría incurrido en “amenazas de sanciones pecuniarias y privativas de libertad” al solicitar la entrega de información de estudiantes y exestudiantes.
Al respecto, la Fiscalía respondió que la ley la autoriza expresamente para requerir información tanto a agentes o instituciones privadas como a diversas entidades del Estado y que estas últimas tienen, además, un deber especial de colaboración cuando son órganos de la Administración del Estado.
Asimismo, aportó antecedentes para negar las amenazas señaladas y que la institución “carece de atribuciones autónomas para la imposición de cualquier tipo de sanción o apremio respecto de las entidades y agentes económicos que intervienen en sus investigaciones o estudios de mercado”.
En el caso de la Universidad de Chile, el recurso de protección coincide con el argumento de la Usach respecto al carácter de institución pública de la casa de estudios y alude también a supuestas infracciones a la Ley de Protección de Datos Personales en la solicitud de la FNE.
Deberes de confidencialidad
En este sentido, la Fiscalía sostuvo que su solicitud de información fue emitida en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley y que es justificada y proporcional a la labor que realiza, cuyo desarrollo en ocasiones hace imprescindible solicitar y analizar antecedentes que califican como datos personales, encontrándose facultada legalmente al efecto. Planteó que, precisamente por lo anterior, es que la ley sujeta a los funcionarios de la Fiscalía a estrictos deberes de confidencialidad.
Otro antecedente que presentó la FNE es que 45 instituciones de educación superior -tanto públicas como privadas- respondieron solicitudes de información idénticas a la impugnada por la Usach y por la Universidad de Chile.
Nuevo Pudahuel, operador del Aeropuerto de Santiago, anunció este viernes el inicio de operaciones de Turkish Airlines.
A partir de diciembre, la aerolínea turca iniciará sus operaciones para conectar la capital de Chile y Estambul.
Con cuatro frecuencias semanales, el vuelo se realizará vía Sao Paulo en un Airbus A350-900, con capacidad para 324 asientos. Por esto, el servicio ofrecerá una capacidad de 2.600 pasajeros por semana.
A través de un comunicado, Nuevo Pudahuel expresó “su gran satisfacción de recibir a Turkish Airlines, por el gran alcance que dará su extensa red de conexiones, a los pasajeros que viajen desde y hacia Santiago”.