Tres nuevas querellas por delitos de estafa, invasión de giro bancario y lavado de activos, se ingresaron al Poder Judicial en contra del factoringFactop durante las últimas semanas.
Esta vez, los denunciantes vienen desde el círculo cercano de Alberto Sauer Rosenwasser, socio del factoring y padre de Ariel y Daniel Sauer, quienes también son accionistas de la firma.
La excompañera de colegio y amiga de Alberto Sauer, Anna María Romanow, ingresó la más reciente acción penal en contra de Factop, relatando que llegó a invertir a la firma financiera luego de conversar con el querellado acerca de alternativas de inversión. Denuncia que Factop le adeuda $ 92 millones aportados en febrero de 2019.
Según relata el documento, a mediados de julio de 2023, la querellante recibió un llamado de una persona desconocida, quien le habría advertido de una eventual “reestructuración” al interior de Factop. Tras buscar información del factoring, se enteró de las publicaciones de la prensa sobre las múltiples querellas que había en contra de la firma.
Ante la alarma, decidió cobrar los cheques entregados por Factop como garantía de la inversión. Sin embargo, los documentos “fueron protestados el 10 de agosto de 2023, por orden de no pago por incumplimiento de contrato”, sostuvo la acción judicial.
Asimismo, tras conocer la cancelación de la corredora de bolsa STF Capital -empresa de los Sauer, Sebastián Somerville y Rodrigo Topelberg-, por parte de la CMF, Romanow sostuvo en la acción judicial que “los querellados habrían utilizado los dineros invertidos por mí y las otras víctimas en Factop para mantener a STF Capital dentro de la cobertura patrimonial mínima que debe tener una corredora de bolsa”.
“Utilizaron estos fondos y, en consecuencia, puedo deducir que jamás los invirtieron, lo que da cuenta por sí solo del fraude realizado por los querellados”, añadió.
Respecto al delito de invasión del giro bancario, la querella sostiene que Factop “realizó efectivamente y de manera habitual captación de dineros, a través de la captación de clientes para invertir supuestamente sus fondos, en lo que se conocía como Fondo de Inversión ‘Family Friend’”.
“Dicha captación, la realizó bajo la excusa de que esos dineros serían invertidos para generar un mayor valor, por lo que claramente aquella conducta se encuadra dentro de la figura típica y prohibida de captación ilegal de dineros por parte de los querellados invadiendo el giro exclusivamente bancario”, denunció.
En cuanto al delito de lavado de activos, la querella apunta que “las conductas de los querellados consistieron en apropiarse de los fondos dolosamente captados y utilizarlos, por ejemplo, para mantener a flote a la corredora de bolsa STF Capital”.
Matrimonio afectado
Otro de los denunciantes es el matrimonio formado por Carlos Escobar y Carolina González, quienes llegaron a invertir en Factop luego de conocer Alberto Sauer a través de su excolega de Banco Scotiabank, David Sauer, sobrino del querellado.
“En un principio, con David los asesoramos de manera externa, preocupándonos de la puesta en marcha de STF Capital, esto es, del correcto funcionamiento de la corredora y de que ello se hiciera cumpliendo la normativa vigente”, relató Escobar en su querella.
Al estrechar su vínculo con los Sauer, tanto Escobar como su esposa invirtieron en Factop, tras recomendación de los querellados. En total, invirtieron unos $ 280 millones en la firma.
Entre marzo y enero de 2023, el matrimonio decidió solicitar el retiro del 100% de la inversión que mantenían en Factop. Para la pareja, el hecho gatilló “la demostración empírica del fraude que había detrás de estas supuestas operaciones”.
“Las respuestas (cuando las hubo) siempre fueron evasivas y se comprometían a fechas de pago que en forma recurrente las iban postergando sin que finalmente se fijaran plazos concretos para el rescate de los fondos, hecho que se mantiene hasta la fecha, pasando recién a comprender que, dada las múltiples interposiciones de querellas, estamos en presencia de un fraude de tomo y lomo”, sentenciaron en sus respectivas querellas.
Al igual que Romanow, también intentaron cobrar los cheques, pero fueron protestados por falta de fondos, por el lado de Escobar, y firma disconforme para los documentos entregados a González.
Enjoy y sus acreedores acordaron, aplazar la junta de acreedores para votar el plan de reorganización de la empresa.
Esta instancia estaba convocada para este viernes 26 de julio en el 8vo Juzgado Civil de Santiago, sin embargo, según un comunicado emitido por la operadora de casino, se postergó tras un acuerdo unánime y “con el objetivo de afinar los últimos detalles del Plan de Reorganización Judicial y cerrar la obtención de financiamiento”.
Según lo anunciado, la nueva asamblea se realizará dentro de 10 días hábiles judiciales, por lo que se llevará a cabo el próximo 7 de agosto.
Cabe destacar que en dicha junta deliberativa los acreedores votarán la propuesta que busca dar continuidad a sus operaciones, cumplir sus obligaciones con sus trabajadores, clientes, proveedores y accionistas, y proyectar el desarrollo hacia el futuro. El nuevo plan busca maximizar la recuperación de deudas con los acreedores, a través de la reprogramación de los pasivos, y una reestructuración societaria de Enjoy.
En enero de este año, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) inició un estudio de mercado sobre la educación superior chilena para analizar la evolución competitiva de este segmento. Sin embargo, casas de estudios han llegado a tribunales para reclamar contra la entidad por el pedido de datos personales en el marco de dicho informe.
Fue así que, en dos informes presentados ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en respuesta a recursos de protección interpuestos por la Universidad de Santiago de Chile (Usach) y por la Universidad de Chile contra solicitudes de información, la FNE destacó las atribuciones que posee para solicitar información.
Los informes sobre las acciones de la Usach y de la Universidad de Chile se suman al ingresado el 11 de julio en respuesta a un recurso de protección de similares características presentado por la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC).
La FNE dio cuenta de las atribuciones que -dijo- expresamente le confiere la ley para requerir información y tratar datos personales; descartó que haya actuado de manera arbitraria, pues indicó que en todo momento lo hizo de manera fundada, razonable y proporcionada; y expresó que no hay una afectación de las garantías constitucionales invocadas por las recurrentes.
Además, la entidad expuso a la Corte que estas acciones no tienen precedentes en la institucionalidad de libre competencia nacional y que acceder a lo solicitado tendría consecuencias sistémicas que “podrían extenderse mucho más allá de los estudios sobre la evolución competitiva de los mercados que el legislador expresamente ha encomendado realizar a la FNE, causando un incalculable detrimento a las capacidades de este servicio para cumplir con su cometido legal en prácticamente toda la extensión de sus funciones y, con ello, un grave menoscabo del interés general proyectado al orden económico nacional”.
En sus respuestas, la FNE también solicitó a la Corte que rechace ambos recursos, considerando su carácter extemporáneo y que no son la vía idónea para impugnar solicitudes de información, como sí lo son los procedimientos ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), que ya se pronunció sobre el oficio a través del cual se pidió la información, manteniéndolo vigente en todas sus partes.
Supuestas amenazas
En su acción, la Usach señaló que es una institución pública, que no debe ser tratada como un agente económico privado que ha infringido la ley, y acusó que la FNE habría incurrido en “amenazas de sanciones pecuniarias y privativas de libertad” al solicitar la entrega de información de estudiantes y exestudiantes.
Al respecto, la Fiscalía respondió que la ley la autoriza expresamente para requerir información tanto a agentes o instituciones privadas como a diversas entidades del Estado y que estas últimas tienen, además, un deber especial de colaboración cuando son órganos de la Administración del Estado.
Asimismo, aportó antecedentes para negar las amenazas señaladas y que la institución “carece de atribuciones autónomas para la imposición de cualquier tipo de sanción o apremio respecto de las entidades y agentes económicos que intervienen en sus investigaciones o estudios de mercado”.
En el caso de la Universidad de Chile, el recurso de protección coincide con el argumento de la Usach respecto al carácter de institución pública de la casa de estudios y alude también a supuestas infracciones a la Ley de Protección de Datos Personales en la solicitud de la FNE.
Deberes de confidencialidad
En este sentido, la Fiscalía sostuvo que su solicitud de información fue emitida en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley y que es justificada y proporcional a la labor que realiza, cuyo desarrollo en ocasiones hace imprescindible solicitar y analizar antecedentes que califican como datos personales, encontrándose facultada legalmente al efecto. Planteó que, precisamente por lo anterior, es que la ley sujeta a los funcionarios de la Fiscalía a estrictos deberes de confidencialidad.
Otro antecedente que presentó la FNE es que 45 instituciones de educación superior -tanto públicas como privadas- respondieron solicitudes de información idénticas a la impugnada por la Usach y por la Universidad de Chile.
Nuevo Pudahuel, operador del Aeropuerto de Santiago, anunció este viernes el inicio de operaciones de Turkish Airlines.
A partir de diciembre, la aerolínea turca iniciará sus operaciones para conectar la capital de Chile y Estambul.
Con cuatro frecuencias semanales, el vuelo se realizará vía Sao Paulo en un Airbus A350-900, con capacidad para 324 asientos. Por esto, el servicio ofrecerá una capacidad de 2.600 pasajeros por semana.
A través de un comunicado, Nuevo Pudahuel expresó “su gran satisfacción de recibir a Turkish Airlines, por el gran alcance que dará su extensa red de conexiones, a los pasajeros que viajen desde y hacia Santiago”.