Economia
Convención: Pleno respalda sistema tributario progresivo e impuestos para actividades que afecten el medioambiente
El Pleno de la Convención aprobó en la tarde de este jueves una serie de artículos relacionados con la propuesta de la Comisión de Formas de Estado y Descentralización que contemplar principios tributarios y la posibilidad de establecer impuestos por actividades que afectan el medio ambiente.
Todos los artículos pasaron a formar parte del borrador de la nueva Constitución. Se establece que “el sistema tributario se basa en los principios de igualdad, progresividad, solidaridad y justicia material que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio” y que entre sus objetivos figurará “la reducción de las desigualdades y la pobreza”.
Se especifica que “los impuestos y beneficios fiscales se crean, modifican o suprimen por ley, salvo las excepciones establecidas por esta Constitución”.
Se señala que “el ejercicio de la potestad tributaria admite la creación de tributos que respondan principalmente a fines distintos de la recaudación, debiendo tener en cuenta límites como la necesidad, la razonabilidad y la transparencia”.
También establece que para disponer de recursos “para el cuidado y reparación de los ecosistemas, la ley podrá establecer impuestos sobre las actividades que afecten el medio ambiente”.
Asimismo, la ley podrá “establecer impuestos sobre el uso de bienes naturales comunes, bienes nacionales de uso público o bienes fiscales. Cuando dichas actividades estén circunscritas territorialmente, la ley deberá distribuir los recursos a la entidad territorial correspondiente”.
El Pleno también aprobó que “los impuestos que se recauden, cualquiera que sea su naturaleza, ingresarán al erario público del Estado o de las entidades territoriales según corresponda” y que “excepcionalmente, la ley podrá crear impuestos a favor de las entidades territoriales que gravan las actividades o bienes con una clara identificación con los territorios”.
Por último, para el “carácter no discrecional de la distribución de los ingresos tributarios” se establece que “la ley definirá el órgano encargado de recopilar y sistematizar la información necesaria para proponer al Poder Legislativo las fórmulas de distribución de los ingresos tributarios , la compensación fiscal entre entidades territoriales y los recursos a integrar en los distintos fondos”.
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