Las fuertes lluvias en la zona centro sur del país han vuelto a poner la atención en las dunas de la Quinta Región.
Para entender estos episodios, hay que remontarnos a la historia. El desarrollo inmobiliario en Viña del Mar y Concón comenzó en los años ochenta con la expansión hacia el norte. Reconsa, propiedad de las familias Soza Donoso, Cerda, Pérez Yoma, y Confuturo, compró 143 hectáreas a la histórica familia viñamarina Borgoño y más tarde otras 450 hectáreas más en la zona interior. Con esto urbanizaron áreas como Bosques de Montemar, Pinares de Montemar y Costa de Montemar.
En abril de 1998, la empresa vendió 8,5 hectáreas ubicadas al sur del actual Santuario (ver gráfico) a la Inmobiliaria Reñaca Norte, vinculada a Carlos Echeñique, la cual no hizo nada con el terreno, que vendió unos años más tarde a la inmobiliaria Serinco -de Juan Pablo Simián, Sergio Ramírez y Eduardo Effa- que fue la empresa que urbanizó y enajenó los paños a diferentes constructoras. Esa es la zona donde ocurrieron los socavones y evacuaciones en 2023.
La labor principal de Reconsa “consiste en desarrollar planes maestros de urbanización que permiten a inmobiliarias o particulares comprar terrenos urbanizados para construir viviendas o servicios. Todos los desarrollos inmobiliarios se han realizado en zonas específicamente autorizadas para ello dentro del plan regulador de la comuna de Concón”, explica su gerente general, Juan Ignacio Soza.
La pregunta que queda abierta es quiénes más tarde compraron estos terrenos para su desarrollo inmobiliario.
Entran las inmobiliarias
A pesar de que en las fotos se ve como un único gran barrio, este se divide en sectores que tienen diferentes precios. El más exclusivo es Reñaca Norte, donde están los departamentos más lujosos con precios hasta 35 mil UF. Es ahí donde están ubicados los edificios Kandinsky, con departamentos entre 10 mil y 16 mil UF, o el Santorini que cuenta con unidades de lujo de 25 mil UF. Ambos tuvieron que ser evacuados en 2023.
Hacia Concón, el sector de Costa de Montemar, es más económico. Hay departamentos desde 2 mil hasta 18 mil UF. Es un barrio variable para todo tipo de público y que no ha presentado problemas de socavones.
Por otra parte, los departamentos que están en el sector de Costa Brava en Avenida Borgoño son de primera línea, pero no tan lujosos. En cambio, en Avenida Edmundo Eluchans se pueden encontrar departamentos amplios desde 15 mil hasta 20 mil UF en un sector que tiene mucha demanda por su buena conexión.
La propiedad de la duna no se quedó en Reconsa ni en Serinco, sino que se fue traspasando a distintas inmobiliarias. Una de las más reconocidas del sector es Bezanilla, una empresa familiar local fundada en 1906 y que ya va en su tercera generación, con Alberto Bezanilla Gándara a la cabeza. La inmobiliaria cuenta con seis proyectos en el sector, cuatro en Edmundo Eluchans y dos en la calle Las Perlas (donde fue el último socavón).
Otra empresa local es Vimac que cuenta con cuatro construcciones: dos en Costa de Montemar y dos en Reñaca Norte. Fuentes señalan que es una sociedad conformada principalmente por Gastón González Espinoza y Gonzalo Becerra. Es la inmobiliaria que construyó el edificio Santorini, el cual fue evacuado en una primera instancia por el socavón de 2023, pero que ocho meses más tarde se ha vuelto a habitar.
La inmobiliaria Makro, que tiene a la cabeza a Francisco Vilches, cuenta con dos proyectos: Makrovista y Makroceano (ver infografía). Al igual que la inmobiliaria Solari, de Leonardo Solari Soler, que cuenta con el Stella Maris I y Stella Maris II.
Además de estas firmas locales, aparecen inmobiliarias reconocidas a nivel nacional como Besalco que construyó los edificios Panorama y Kandinsky. Sobre este último, que continúa desalojado por el socavón, la firma explicó a Señal DF que no tiene responsabilidad en el asunto porque el daño fue provocado por un colector de agua lluvia ajeno a la compañía. El caso está judicializado: los propietarios del presentaron una demanda colectiva contra Besalco en diciembre pasado. Fuentes cercanas señalan que en los próximos días deberían haber novedades en esta causa.
Por otra parte está Aconcagua de SalfaCorp, que construyó los edificios Dunas de Montemar, Reñaca Lofts & Suites y Vista Montemar; Penta Inmobiliaria, que estuvo detrás de Miramar Reñaca; y Desco, ligada al expresidente de la Cámara Chilena de la Construcción (CChC) Juan Ignacio Silva, que levantó los proyectos Aqua Resort Reñaca, Eurocochoa Norte, Paraíso Cochoa y Terrazas de Cochoa.
Qué viene
El Plan Regulador de Viña, a cargo de la municipalidad, nunca incluyó una norma que pusiera una restricción ni declarara zona de riesgo en el sector, a pesar de los informes del Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) de los años 2005 y 2012, encargados por la Municipalidad de Concón. Las recomendaciones de este organismo, fueron acatadas por ese municipio, pero no así por el de la Ciudad Jardín.
“El problema es que no ha existido una modificación a esa norma que deben cumplir los particulares”, explica Jeanette Bruna, experta en derecho urbanístico y construcción quien en su momento representó a los propietarios del Santorini. Esto, a su juicio, se debería incluir en la actual modificación al Plan Regulador Comunal que actualmente está en confección por parte de la municipalidad.
“Pero acá hay que ser muy precisos. La zona de riesgo por deslizamiento en masa, conforme a la Ley General General de Urbanismo y Construcción, no significa una prohibición de edificar. Significa que si mi terreno está en una zona con riesgo, el particular debe presentar un estudio fundado de mitigación”, señala.
Por su parte el movimiento Duna Viva –integrado por la Corporación Pro-Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar y la Fundación Yarur Bascuñán– han avanzado en preservar la zona de dunas. Sin ir más lejos, el abogado del movimiento, Gabriel Muñoz, celebra que en 2012 la organización logró que se declarara el Campo Dunar de la Punta de Concón como Santuario de la Naturaleza y que en 2019 la Corte Suprema exigiera estudios de evaluación ambiental para un proyecto contiguo al Santuario, cuenta el abogado de Duna Viva, Gabriel Muñoz.
“Sea por abuso de posición dominante o sea por los actos propios de la colusión entre CMPC y SCA, Papelera Cerrillos fue condenada a muerte en el mercado a raíz de la conducta de los condenados, por lo cual procede una indemnización de perjuicios”.
La conclusión es de la abogada Elina Cruz, fundadora y directora por 10 años del Centro de Libre Competencia UC y actualmente miembro del equipo de la firma Razor Consulting, quien realizó un informe por encargo de Papelera Cerrillos presentado a la Corte Suprema. En éste, la experta analiza el impacto legal y económico que la colusión de CMPC Tissue y SCA Chile tuvo sobre la referida empresa.
“Sorprende la no referencia a los elementos propios de toda colusión y, quizá más grave, el no entender que la exclusión de un competidor eficiente a raíz de un acto anticompetitivo perjudica a los consumidores”.
La sociedad Cerrillos -representada por un equipo de abogados liderado por Germán Ovalle- recurrió a la Suprema para intentar revertir un fallo del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), que rechazó una demanda de indemnización de perjuicios presentada por la firma en contra de las empresas condenadas por colusión.
La compañía solicitó una indemnización por daño emergente y lucro cesante (cuantificado en $ 4.009 millones) que habría sufrido como consecuencia de la colusión en el mercado del papel tissue.
En 2020, el máximo tribunal del país multó a CMPC y SCA con US$ 15 millones cada una, tras haberse asignado cuotas de participación de mercado y haber fijado precios de venta de estos productos entre los años 2000 y 2011.
La demandante alega que la colusión habría sido la causa de su quiebra en 2008.
No obstante, el 6 de diciembre de 2023, el TDLC rechazó en todas sus partes la acción judicial y condenó en costas a la demandante por haber resultado totalmente vencida.
El tribunal señaló que el hecho de que Papelera Cerrillos haya sufrido pérdidas durante la vigencia del acuerdo colusorio, a pesar del aumento en sus ventas, tiene una explicación multicausal, ajena a las conductas por colusión que fueron sancionadas.
Añadió que las conductas alegadas por la empresa (imitación de productos, desarrollo de promociones, otorgamiento de incentivos a minoristas, acaparamiento de góndolas y otras acciones de carácter exclusorias) no se tuvieron por acreditadas ni fueron objeto de sanción en el procedimiento por colusión.
“Falta de pulcritud legal”
En su informe, Elina Cruz insistió en que la consecuencia de la colusión entre CMPC y SCA fue para Cerrillos la más onerosa de todas: la muerte económica, y destacó que esta es la primera resolución que dicta el TDLC respecto a una indemnización de perjuicios tras la modificación legal de octubre de 2016, previo a lo cual la compensación en materias de libre competencia era conocida directamente por la justicia civil en juicio sumario.
En su informe, la abogada planteó que la sentencia del TDLC que rechaza toda indemnización de perjuicios a la empresa Cerillos tiene “defectos de hecho y de derecho que ameritan su escrutinio por parte de esta Excelentísima Corte Suprema”.
Estos defectos eventualmente -aseguró- podrían ser más graves que en otros casos. “Esta es la primera sentencia que se pronuncia por el TDLC en materia de indemnización de perjuicios, sentando principios propios nunca utilizados por la jurisprudencia en Chile, con fallos en el procedimiento y que tiende a demostrar una falta de pulcritud legal procesal similar a la que ocurrió en las primeras sentencias del TDLC que esta Corte Suprema revocó entre los años 2004 y 2006”, señaló.
Además, dijo que el TDLC demuestra ciertos “defectos no despreciables” al evaluar los hechos económicos y jurídicos presentados por las partes, cuyo precedente inmediato y causa es la sentencia número 160 que condenó por colusión a CMPC y a SCA.
“Sorprende la no referencia al mercado relevante, a los elementos propios de toda colusión y, quizá más grave, el no entender que la exclusión de un competidor eficiente a raíz de un acto anticompetitivo perjudica en forma directa a los consumidores, disminuyendo sus alternativas de compra, aumentando precios y paralizando toda innovación en las industrias involucradas”, manifestó la experta, agregando que, en un mercado libre de infracciones a la competencia, las empresas como Papelera Cerrillos subsisten y tienen éxito en el mercado.
“La sola desaparición de una empresa eficiente (junto a otras que no se hicieron parte de la demanda) obliga a investigar las causas reales de dicha desaparición y a enviar un mensaje sobre cómo se van a conocer y decidir las causas de indemnización de perjuicios de libre competencia en el futuro”, remató.
Uno de los recuadros del Informe de Política Monetaria (IPoM) de junio está destinado a analizar la evolución de los créditos comerciales -o sea, los entregados a la banca para el crecimiento e inversión de las empresas en el país- y los de consumo (a personas).
En el reporte, el instituto emisor consigna que las colocaciones tanto comerciales como de consumo han evolucionado acorde a las condiciones macroeconómicas y el efecto de la política monetaria. Pero también lanza una advertencia.
Así, narra que en el último año la Tasa de Política Monetaria (TPM) ha disminuido 550 puntos base (pb.), reduciendo “significativamente” el nivel de restricción de la política monetaria.
“Esta menor TPM se ha ido traspasando a las tasas de crédito bancario de corto plazo, tanto para las colocaciones a empresas como a personas. No obstante, el stock de colocaciones bancarias comerciales y de consumo sigue mostrando tasas de variación anual negativas, aunque menores a las que se observaban hace unos trimestres“, sostiene el instituto emisor.
El actual desempeño del crédito se da en un contexto en que, según distintas fuentes, se perciben condiciones de oferta y demanda “poco favorables”, según el IPoM.
Por un lado, la Encuesta de Crédito Bancario del Banco Central mostró durante varios trimestres consecutivos un aumento en los niveles de restricción de la oferta de crédito, al mismo tiempo que la demanda se debilitaba. En su último levantamiento, del primer trimestre de 2024, se aprecia que los factores de oferta de crédito comercial se perciben similares a los del trimestre previo, aun cuando las tasas de créditos comerciales han disminuido de acuerdo a lo esperado, siguiendo la caída en la TPM, dice el Central.
“Los factores de demanda, por otro lado, vuelven a debilitarse, en particular por una menor inversión. El Informe de Percepciones de Negocios de mayo apunta a un panorama parecido. Las empresas entrevistadas señalan que las condiciones de oferta de crédito son restrictivas, aunque no se han deteriorado en el margen, mientras que su disposición a adquirir más deuda es baja”, expone el recuadro.
Así, el emisor analiza la evidencia en base a microdatos administrativos anonimizados, la que sugiere que la evolución del crédito comercial obedece tanto a factores de demanda de las empresas como a factores macroeconómicos, como la actividad, las expectativas de crecimiento y la TPM.
“Datos recientes sobre crédito comercial, sin embargo, podrían indicar una desaceleración adicional en el trimestre en curso e inducen a cierta cautela. El banco continuará monitoreando de cerca ésta y otras variables financieras”, concluye el reporte.
El Gobierno informó que un total de 680 empresasen todo el país conforman el listado de compañías habilitadas para emitir facturas de primera venta de vehículos. Ello, con el objeto de detectar a las llamadas “empresas ideológicamente falsas” que, previo delito de portonazo, robo o clonación, buscan inscribir ilícitamente dichos automóviles en el Registro de Vehículos Motorizados (RVM).
Se trata de un registro que en 15 días más estará habilitado para hacer consultas y denuncias en el portal del Registro Civil y que forma parte de la implementación de la ley 21.601 que busca prevenir delitos asociados al robo de vehículos.
El director del Registro Civil, Omar Morales, explicó que este registro permite evitar la primera inscripción de vehículos que no provienen de un ámbito lícito: “Por ley nosotros llevamos el RVM y hemos podido identificar 680 instituciones, donde se puede realizar una compra segura”.
Asimismo, señaló que a junio de este año “hemos podido desbaratar 1.109 intentos de inscripciones fraudulentas” y por ello en este plazo de transición a la espera de la habilitación del portal han generado el correo reg.emisoresRVM@registrocivil.gob.cl para que las personas puedan hacer consultas y denuncias.
El subsecretario de Prevención del Delito, Eduardo Vergara, destacó que “este mecanismo de enrolamiento es un avance, porque había un vacío respecto a la información que no solo las instituciones dedicadas a la persecución de delitos tenían, sino que también los usuarios” y que con esta herramienta se permite “definir en forma pública cuáles son las concesionarias y las empresas que cumplen con requisitos para venta de vehículos, emitir boleta e inscripción en el Registro Civil”.
La autoridad agregó que en 15 días estará disponible el portal en el Registro Civil para saber con claridad el listado de empresas autorizadas para operaciones de ventas de autos y así “evitar el blanqueo de autos robados, el fraude, las estafas, la clonación, lavado de activos y poder combatir al crimen organizado”.
El secretario general de la Asociación Nacional Automotriz de Chile (ANAC), Diego Mendoza, sostuvo que “esta exigencia es muy positiva, porque el enrolamiento a nivel nacional de todos los puntos oficiales de ventas de vehículos nuevos y usados cierra la ventana a que se compren vehículos en automotoras falsas”.
Cabe señalar que si el vendedor o emisor de la factura de un vehículo no se encuentra incluido en la nómina oficial, el Servicio de Registro Civil e Identificación no procederá a la inscripción del vehículo y no podrá hacer entrega de las placas patentes respectivas.