El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó el acuerdo conciliatorio suscrito entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y CCU, lo que pone término al requerimiento presentado por la entidad en agosto del año pasado contra esta empresa por incumplir compromisos adquiridos en un avenimiento firmado el 2008 para proteger la libre competencia en el mercado de la cerveza.
Según detalló la fiscalía, la firma -ligada al Grupo Luksic y Heineken- se compromete a pagar 3.000 Unidades Tributarias Anuales (equivalentes a más de US$ 2,4 millones) a beneficio fiscal.
A esto se le suma que CCU asume una serie de obligaciones, cuyo objetivo es eliminar las restricciones a la venta y exhibición de cerveza de terceros competidores de CCU en establecimientos comerciales pertenecientes al canal denominado “on premise, on trade” o de consumo inmediato, en el cual CCU posee una participación de mercado de aproximadamente 90% de las ventas medidas en volumen.
“Hemos alcanzado un acuerdo robusto que satisface de manera integral nuestras preocupaciones, reflejadas en las peticiones formuladas en el requerimiento presentado al TDLC”, afirmó el Fiscal Nacional Económico, Jorge Grunberg.
Asimismo, Grunberg enfatizó que mediante los compromisos asumidos por CCU para eliminar las restricciones que actualmente existen, se favorece la competencia en el mercado al abrirse espacios para que cerveceros artesanales puedan comercializar sus productos en restaurantes, bares y pubs, lo cual va a estar siendo fiscalizado por la FNE.
Cabe destacar que este acuerdo se dio en el contexto de la demanda interpuesta por la multinacional belga AB InBev contra CCU en el TDLC, donde la acusó de infringir un acuerdo de 2008 y generar exclusividades de venta con establecimientos comerciales. Y meses después la FNE se sumaría a las acusaciones, ingresando un requerimiento en contra de la firma, pidiendo una multa de unos US$ 5,8 millones.
Compromisos de CCU
Entre los compromisos asumidos por CCU para abrir este segmento a terceros, informó la fiscalía, se incluye que, cuando entregue máquinas schoperas a los restaurantes, bares o pubs que tengan entre cuatro y siete salidas de cerveza, deberá garantizar el uso de una de estas salidas de cerveza por un proveedor que tenga menos de 5% de participación de mercado a nivel nacional en el canal de consumo inmediato.
Mientras tanto, en los casos en que las máquinas schoperas tengan ocho o más salidas de cerveza, CCU deberá garantizar el uso de dos salidas.
En la misma línea, la FNE detalló que en el caso de los equipos de refrigeración o cooler que la empresa proporciona a los establecimientos, el acuerdo la obliga a disponer su bandeja inferior para que los locatarios almacenen productos de un proveedor que tenga menos de 5% de participación de mercado a nivel nacional en el canal de consumo inmediato, siempre que este espacio corresponda al menos a 20% de la capacidad de la máquina.
“Por otra parte, CCU se compromete a definir los aportes o pagos efectuados a los restaurantes, bares o pubs por concepto de exclusividad publicitaria de cervezas en base a criterios objetivos, generales y que no sean arbitrariamente discriminatorios, de manera que, en los hechos, tales aportes o pagos no impidan, restrinjan o entorpezcan la venta de cerveza de terceros competidores de CCU en el canal de consumo inmediato”, enfatizó la entidad.
Finalmente, el acuerdo destaca que CCU debe complementar y perfeccionar su programa de cumplimiento en materia de libre competencia según las directrices contenidas en la Guía sobre Programas de Cumplimiento de la FNE.
Enjoy y sus acreedores acordaron, aplazar la junta de acreedores para votar el plan de reorganización de la empresa.
Esta instancia estaba convocada para este viernes 26 de julio en el 8vo Juzgado Civil de Santiago, sin embargo, según un comunicado emitido por la operadora de casino, se postergó tras un acuerdo unánime y “con el objetivo de afinar los últimos detalles del Plan de Reorganización Judicial y cerrar la obtención de financiamiento”.
Según lo anunciado, la nueva asamblea se realizará dentro de 10 días hábiles judiciales, por lo que se llevará a cabo el próximo 7 de agosto.
Cabe destacar que en dicha junta deliberativa los acreedores votarán la propuesta que busca dar continuidad a sus operaciones, cumplir sus obligaciones con sus trabajadores, clientes, proveedores y accionistas, y proyectar el desarrollo hacia el futuro. El nuevo plan busca maximizar la recuperación de deudas con los acreedores, a través de la reprogramación de los pasivos, y una reestructuración societaria de Enjoy.
En enero de este año, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) inició un estudio de mercado sobre la educación superior chilena para analizar la evolución competitiva de este segmento. Sin embargo, casas de estudios han llegado a tribunales para reclamar contra la entidad por el pedido de datos personales en el marco de dicho informe.
Fue así que, en dos informes presentados ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en respuesta a recursos de protección interpuestos por la Universidad de Santiago de Chile (Usach) y por la Universidad de Chile contra solicitudes de información, la FNE destacó las atribuciones que posee para solicitar información.
Los informes sobre las acciones de la Usach y de la Universidad de Chile se suman al ingresado el 11 de julio en respuesta a un recurso de protección de similares características presentado por la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC).
La FNE dio cuenta de las atribuciones que -dijo- expresamente le confiere la ley para requerir información y tratar datos personales; descartó que haya actuado de manera arbitraria, pues indicó que en todo momento lo hizo de manera fundada, razonable y proporcionada; y expresó que no hay una afectación de las garantías constitucionales invocadas por las recurrentes.
Además, la entidad expuso a la Corte que estas acciones no tienen precedentes en la institucionalidad de libre competencia nacional y que acceder a lo solicitado tendría consecuencias sistémicas que “podrían extenderse mucho más allá de los estudios sobre la evolución competitiva de los mercados que el legislador expresamente ha encomendado realizar a la FNE, causando un incalculable detrimento a las capacidades de este servicio para cumplir con su cometido legal en prácticamente toda la extensión de sus funciones y, con ello, un grave menoscabo del interés general proyectado al orden económico nacional”.
En sus respuestas, la FNE también solicitó a la Corte que rechace ambos recursos, considerando su carácter extemporáneo y que no son la vía idónea para impugnar solicitudes de información, como sí lo son los procedimientos ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), que ya se pronunció sobre el oficio a través del cual se pidió la información, manteniéndolo vigente en todas sus partes.
Supuestas amenazas
En su acción, la Usach señaló que es una institución pública, que no debe ser tratada como un agente económico privado que ha infringido la ley, y acusó que la FNE habría incurrido en “amenazas de sanciones pecuniarias y privativas de libertad” al solicitar la entrega de información de estudiantes y exestudiantes.
Al respecto, la Fiscalía respondió que la ley la autoriza expresamente para requerir información tanto a agentes o instituciones privadas como a diversas entidades del Estado y que estas últimas tienen, además, un deber especial de colaboración cuando son órganos de la Administración del Estado.
Asimismo, aportó antecedentes para negar las amenazas señaladas y que la institución “carece de atribuciones autónomas para la imposición de cualquier tipo de sanción o apremio respecto de las entidades y agentes económicos que intervienen en sus investigaciones o estudios de mercado”.
En el caso de la Universidad de Chile, el recurso de protección coincide con el argumento de la Usach respecto al carácter de institución pública de la casa de estudios y alude también a supuestas infracciones a la Ley de Protección de Datos Personales en la solicitud de la FNE.
Deberes de confidencialidad
En este sentido, la Fiscalía sostuvo que su solicitud de información fue emitida en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley y que es justificada y proporcional a la labor que realiza, cuyo desarrollo en ocasiones hace imprescindible solicitar y analizar antecedentes que califican como datos personales, encontrándose facultada legalmente al efecto. Planteó que, precisamente por lo anterior, es que la ley sujeta a los funcionarios de la Fiscalía a estrictos deberes de confidencialidad.
Otro antecedente que presentó la FNE es que 45 instituciones de educación superior -tanto públicas como privadas- respondieron solicitudes de información idénticas a la impugnada por la Usach y por la Universidad de Chile.
Nuevo Pudahuel, operador del Aeropuerto de Santiago, anunció este viernes el inicio de operaciones de Turkish Airlines.
A partir de diciembre, la aerolínea turca iniciará sus operaciones para conectar la capital de Chile y Estambul.
Con cuatro frecuencias semanales, el vuelo se realizará vía Sao Paulo en un Airbus A350-900, con capacidad para 324 asientos. Por esto, el servicio ofrecerá una capacidad de 2.600 pasajeros por semana.
A través de un comunicado, Nuevo Pudahuel expresó “su gran satisfacción de recibir a Turkish Airlines, por el gran alcance que dará su extensa red de conexiones, a los pasajeros que viajen desde y hacia Santiago”.