Una fuerte crítica al funcionamiento de la Ley de Pago a 30 días ha sido lanzada por los gremios de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyme) en los últimos años. Un diagnóstico compartido por las autoridades de la Secretaría de Economía, quienes trabajan para hacer frente a las pérdidas de la iniciativa.
Ante la Comisión de Economía del Senado, la subsecretaria del ramo, Javiera Petersen, enfatizó que las posibles soluciones y líneas de trabajo se están discutiendo y discutiendo con los sindicatos MiPyme en el comité técnico conformado al alero del Consejo Consultivo de Empresas Menores del ministerio, y con expertos en la materia.
Un primer eje de trabajo será la fortalecimiento de la gestión de pagos y los mecanismos existentes, punto que Petersen ejemplificó con lo que sucede con el Registro de Acuerdos de Pago Excepcional (RAPE), la plataforma del ministerio donde el comprador registra los acuerdos. A su juicio, “el RAPE no se utiliza como incentivo para cumplir con los plazos de pago establecidos por la ley, sino que permite ampliar este plazo sin límite alguno con bastante facilidad”.
También advirtió que, aunque el registro es legalmente público, el portal no permite que ningún usuario pueda consultar los convenios excepcionales de pago suscritos, y advirtió que actualmente el comprador puede registrar un convenio sin el consentimiento del vendedor.
Petersen señaló que es “bastante plausible” fortalecer el RAPE para mejorar su efectividad, modificando la plataforma para que cualquier usuario pueda ver todos los acuerdos registrados. Otro posible cambio apunta a que ambas partes deberán firmar el acuerdo a través del portal, para evitar que sean unilaterales “y que puedan ocultar determinadas cláusulas abusivas”. Y, también sugirió que una posible medida es crear herramientas que permitan visualizar a los malos pagadores.
Otra preocupación son los procesos de aceptación o reclamación de la factura, que incorporan “varias malas prácticas de pago”, como el rechazo arbitrario de la factura sin dar explicaciones al proveedor. La autoridad advirtió que tampoco hay claridad sobre cómo proceder si dentro del mecanismo de pago centralizado de facturas a través de Tesorería se generan intereses y multas por mora, que las MiPymes no tienen claro cómo se calculan los intereses y comisiones, y que desconocen del ámbito fiscal de la ley.
Ante esto, el subsecretario indicó que se puede establecer un límite máximo en el plazo a convenir, así como limitar las malas prácticas de pago, como rechazar la factura por motivos arbitrarios. Mejorar la eficiencia estatal también es parte de las ideas que se evalúan, así como implementar acciones educativas relacionadas con el cobro de intereses y la comisión fija moratoria, para lo cual se crearían mecanismos que ayuden a comprender mejor la comisión fija de interés establecida. por ley. Esto, a través de una calculadora que pueda generar estos cálculos con mayor facilidad, de la mano de una guía con alcance tributario, y medidas para poder educar en estos temas.
Institucionalidad e incentivos
Una segunda línea de acción tiene que ver con las instituciones encargadas de hacer cumplir la ley, ya que actualmente no hay nadie que supervise. La ley no crea un marco institucional para este fin y no hay otra entidad que pueda colaborar con la defensa de los derechos de las MIPYMES para hacer efectiva esta ley, criticó Petersen.
Por esto dijo que “Sería pertinente hablar de esta institucionalidad, una institucionalidad dedicada particularmente al cumplimiento de esta norma, y también a la defensa de los derechos de las MiPymes, que pueden recibir denuncias de los usuarios”.
El tercer punto tiene que ver con mecanismos de incentivo y alivio para las MIPYMES, “tema que se ha discutido largamente al hablar de la Ley de Pago a 30 días”, dijo el economista. En su presentación, señaló que una de las opciones tiene que ver con cambiar la tarea de retener y pagar el IVA, posibilidad que -dijo- se está estudiando junto con el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Enjoy y sus acreedores acordaron, aplazar la junta de acreedores para votar el plan de reorganización de la empresa.
Esta instancia estaba convocada para este viernes 26 de julio en el 8vo Juzgado Civil de Santiago, sin embargo, según un comunicado emitido por la operadora de casino, se postergó tras un acuerdo unánime y “con el objetivo de afinar los últimos detalles del Plan de Reorganización Judicial y cerrar la obtención de financiamiento”.
Según lo anunciado, la nueva asamblea se realizará dentro de 10 días hábiles judiciales, por lo que se llevará a cabo el próximo 7 de agosto.
Cabe destacar que en dicha junta deliberativa los acreedores votarán la propuesta que busca dar continuidad a sus operaciones, cumplir sus obligaciones con sus trabajadores, clientes, proveedores y accionistas, y proyectar el desarrollo hacia el futuro. El nuevo plan busca maximizar la recuperación de deudas con los acreedores, a través de la reprogramación de los pasivos, y una reestructuración societaria de Enjoy.
En enero de este año, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) inició un estudio de mercado sobre la educación superior chilena para analizar la evolución competitiva de este segmento. Sin embargo, casas de estudios han llegado a tribunales para reclamar contra la entidad por el pedido de datos personales en el marco de dicho informe.
Fue así que, en dos informes presentados ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en respuesta a recursos de protección interpuestos por la Universidad de Santiago de Chile (Usach) y por la Universidad de Chile contra solicitudes de información, la FNE destacó las atribuciones que posee para solicitar información.
Los informes sobre las acciones de la Usach y de la Universidad de Chile se suman al ingresado el 11 de julio en respuesta a un recurso de protección de similares características presentado por la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC).
La FNE dio cuenta de las atribuciones que -dijo- expresamente le confiere la ley para requerir información y tratar datos personales; descartó que haya actuado de manera arbitraria, pues indicó que en todo momento lo hizo de manera fundada, razonable y proporcionada; y expresó que no hay una afectación de las garantías constitucionales invocadas por las recurrentes.
Además, la entidad expuso a la Corte que estas acciones no tienen precedentes en la institucionalidad de libre competencia nacional y que acceder a lo solicitado tendría consecuencias sistémicas que “podrían extenderse mucho más allá de los estudios sobre la evolución competitiva de los mercados que el legislador expresamente ha encomendado realizar a la FNE, causando un incalculable detrimento a las capacidades de este servicio para cumplir con su cometido legal en prácticamente toda la extensión de sus funciones y, con ello, un grave menoscabo del interés general proyectado al orden económico nacional”.
En sus respuestas, la FNE también solicitó a la Corte que rechace ambos recursos, considerando su carácter extemporáneo y que no son la vía idónea para impugnar solicitudes de información, como sí lo son los procedimientos ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), que ya se pronunció sobre el oficio a través del cual se pidió la información, manteniéndolo vigente en todas sus partes.
Supuestas amenazas
En su acción, la Usach señaló que es una institución pública, que no debe ser tratada como un agente económico privado que ha infringido la ley, y acusó que la FNE habría incurrido en “amenazas de sanciones pecuniarias y privativas de libertad” al solicitar la entrega de información de estudiantes y exestudiantes.
Al respecto, la Fiscalía respondió que la ley la autoriza expresamente para requerir información tanto a agentes o instituciones privadas como a diversas entidades del Estado y que estas últimas tienen, además, un deber especial de colaboración cuando son órganos de la Administración del Estado.
Asimismo, aportó antecedentes para negar las amenazas señaladas y que la institución “carece de atribuciones autónomas para la imposición de cualquier tipo de sanción o apremio respecto de las entidades y agentes económicos que intervienen en sus investigaciones o estudios de mercado”.
En el caso de la Universidad de Chile, el recurso de protección coincide con el argumento de la Usach respecto al carácter de institución pública de la casa de estudios y alude también a supuestas infracciones a la Ley de Protección de Datos Personales en la solicitud de la FNE.
Deberes de confidencialidad
En este sentido, la Fiscalía sostuvo que su solicitud de información fue emitida en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley y que es justificada y proporcional a la labor que realiza, cuyo desarrollo en ocasiones hace imprescindible solicitar y analizar antecedentes que califican como datos personales, encontrándose facultada legalmente al efecto. Planteó que, precisamente por lo anterior, es que la ley sujeta a los funcionarios de la Fiscalía a estrictos deberes de confidencialidad.
Otro antecedente que presentó la FNE es que 45 instituciones de educación superior -tanto públicas como privadas- respondieron solicitudes de información idénticas a la impugnada por la Usach y por la Universidad de Chile.
Nuevo Pudahuel, operador del Aeropuerto de Santiago, anunció este viernes el inicio de operaciones de Turkish Airlines.
A partir de diciembre, la aerolínea turca iniciará sus operaciones para conectar la capital de Chile y Estambul.
Con cuatro frecuencias semanales, el vuelo se realizará vía Sao Paulo en un Airbus A350-900, con capacidad para 324 asientos. Por esto, el servicio ofrecerá una capacidad de 2.600 pasajeros por semana.
A través de un comunicado, Nuevo Pudahuel expresó “su gran satisfacción de recibir a Turkish Airlines, por el gran alcance que dará su extensa red de conexiones, a los pasajeros que viajen desde y hacia Santiago”.