El gobierno presentará esta semana una indicación al Congreso para crear el nuevo “estado de protección y salvaguardia constitucional”, que busca asegurar seguridad de algunas carreteras “en caso de alteración grave de la seguridad o de la libre circulación en vías que se consideren esenciales”, según un acta entregada en este día por el gobierno a los oficialistas en el comité político desarrollado en La Moneda.
El texto será enviado a la comisión mixta que se reunirá esta semana para dirimir las diferencias entre el Senado y la Cámara de Diputados respecto a un proyecto de senadores de derecha que no obtuvo apoyo y que también fue objeto de una indicación de la administración de Sebastián Piñera, quien buscó establecer la protección de la infraestructura crítica en diversas áreas de servicios básicos.
La nueva propuesta establece que la forma de establecer el estado de amparo y amparo constitucional será “mediante decreto supremo fundado, suscrito por el Presidente de la República y por los ministros encargados de la Seguridad Pública y la Defensa Nacional” y que “Se debe establecer qué tramos concretos de las vías esenciales necesitan ser protegidos o vigilados. El Presidente de la República estará obligado a informar al Congreso Nacional las medidas que adopte en virtud de este artículo”.
También establece un autoridad civil a cargo de la implementación del nuevo estado que, si bien queda por definir quién asumirá ese rol, “estará a cargo de las tareas de dirección y coordinación necesarias para la protección y albergue; tendrá la facultad de dictar las medidas e instrucciones necesarias para el cumplimiento de su cometido”.
Se precisa que “el titular de la Defensa Nacional estará sujeto a la autoridad civil y tendrá la facultad de asumir el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden Público y Seguridad que estén destinados a la protección y amparo”.
Algunas definiciones:
Limitaciones: el estado de protección y amparo constitucional no podrá afectar el ejercicio de los derechos y garantías que la Constitución garantiza a todas las personas. El Presidente de la República estará obligado a informar al Congreso Nacional las medidas que adopte en virtud de este artículo.
Las medidas de protección y salvaguardia deberán cumplir con el más estricto respeto a los derechos humanos y a los instrumentos y principios internacionales relativos al uso de la fuerza, y no podrán extender su alcance más allá de la delimitación señalada en el decreto supremo.
Validez: se replica el mecanismo y términos del estado de emergencia. Las medidas adoptadas durante el estado de protección y amparo constitucional no podrán prorrogarse por más de quince días, sin perjuicio de que el Presidente de la República pueda prorrogarlas por igual período. Para las prórrogas sucesivas, el Presidente requerirá siempre la conformidad del Congreso Nacional. El referido acuerdo se tramitará en la forma establecida en el segundo párrafo del artículo 40.
Definición de vías esenciales: aquellas cuya perturbación pueda implicar una alteración grave para el normal abastecimiento y la conectividad de los territorios, de tal forma que se perjudique el bienestar y la seguridad de las personas.
Enjoy y sus acreedores acordaron, aplazar la junta de acreedores para votar el plan de reorganización de la empresa.
Esta instancia estaba convocada para este viernes 26 de julio en el 8vo Juzgado Civil de Santiago, sin embargo, según un comunicado emitido por la operadora de casino, se postergó tras un acuerdo unánime y “con el objetivo de afinar los últimos detalles del Plan de Reorganización Judicial y cerrar la obtención de financiamiento”.
Según lo anunciado, la nueva asamblea se realizará dentro de 10 días hábiles judiciales, por lo que se llevará a cabo el próximo 7 de agosto.
Cabe destacar que en dicha junta deliberativa los acreedores votarán la propuesta que busca dar continuidad a sus operaciones, cumplir sus obligaciones con sus trabajadores, clientes, proveedores y accionistas, y proyectar el desarrollo hacia el futuro. El nuevo plan busca maximizar la recuperación de deudas con los acreedores, a través de la reprogramación de los pasivos, y una reestructuración societaria de Enjoy.
En enero de este año, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) inició un estudio de mercado sobre la educación superior chilena para analizar la evolución competitiva de este segmento. Sin embargo, casas de estudios han llegado a tribunales para reclamar contra la entidad por el pedido de datos personales en el marco de dicho informe.
Fue así que, en dos informes presentados ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en respuesta a recursos de protección interpuestos por la Universidad de Santiago de Chile (Usach) y por la Universidad de Chile contra solicitudes de información, la FNE destacó las atribuciones que posee para solicitar información.
Los informes sobre las acciones de la Usach y de la Universidad de Chile se suman al ingresado el 11 de julio en respuesta a un recurso de protección de similares características presentado por la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC).
La FNE dio cuenta de las atribuciones que -dijo- expresamente le confiere la ley para requerir información y tratar datos personales; descartó que haya actuado de manera arbitraria, pues indicó que en todo momento lo hizo de manera fundada, razonable y proporcionada; y expresó que no hay una afectación de las garantías constitucionales invocadas por las recurrentes.
Además, la entidad expuso a la Corte que estas acciones no tienen precedentes en la institucionalidad de libre competencia nacional y que acceder a lo solicitado tendría consecuencias sistémicas que “podrían extenderse mucho más allá de los estudios sobre la evolución competitiva de los mercados que el legislador expresamente ha encomendado realizar a la FNE, causando un incalculable detrimento a las capacidades de este servicio para cumplir con su cometido legal en prácticamente toda la extensión de sus funciones y, con ello, un grave menoscabo del interés general proyectado al orden económico nacional”.
En sus respuestas, la FNE también solicitó a la Corte que rechace ambos recursos, considerando su carácter extemporáneo y que no son la vía idónea para impugnar solicitudes de información, como sí lo son los procedimientos ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), que ya se pronunció sobre el oficio a través del cual se pidió la información, manteniéndolo vigente en todas sus partes.
Supuestas amenazas
En su acción, la Usach señaló que es una institución pública, que no debe ser tratada como un agente económico privado que ha infringido la ley, y acusó que la FNE habría incurrido en “amenazas de sanciones pecuniarias y privativas de libertad” al solicitar la entrega de información de estudiantes y exestudiantes.
Al respecto, la Fiscalía respondió que la ley la autoriza expresamente para requerir información tanto a agentes o instituciones privadas como a diversas entidades del Estado y que estas últimas tienen, además, un deber especial de colaboración cuando son órganos de la Administración del Estado.
Asimismo, aportó antecedentes para negar las amenazas señaladas y que la institución “carece de atribuciones autónomas para la imposición de cualquier tipo de sanción o apremio respecto de las entidades y agentes económicos que intervienen en sus investigaciones o estudios de mercado”.
En el caso de la Universidad de Chile, el recurso de protección coincide con el argumento de la Usach respecto al carácter de institución pública de la casa de estudios y alude también a supuestas infracciones a la Ley de Protección de Datos Personales en la solicitud de la FNE.
Deberes de confidencialidad
En este sentido, la Fiscalía sostuvo que su solicitud de información fue emitida en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley y que es justificada y proporcional a la labor que realiza, cuyo desarrollo en ocasiones hace imprescindible solicitar y analizar antecedentes que califican como datos personales, encontrándose facultada legalmente al efecto. Planteó que, precisamente por lo anterior, es que la ley sujeta a los funcionarios de la Fiscalía a estrictos deberes de confidencialidad.
Otro antecedente que presentó la FNE es que 45 instituciones de educación superior -tanto públicas como privadas- respondieron solicitudes de información idénticas a la impugnada por la Usach y por la Universidad de Chile.
Nuevo Pudahuel, operador del Aeropuerto de Santiago, anunció este viernes el inicio de operaciones de Turkish Airlines.
A partir de diciembre, la aerolínea turca iniciará sus operaciones para conectar la capital de Chile y Estambul.
Con cuatro frecuencias semanales, el vuelo se realizará vía Sao Paulo en un Airbus A350-900, con capacidad para 324 asientos. Por esto, el servicio ofrecerá una capacidad de 2.600 pasajeros por semana.
A través de un comunicado, Nuevo Pudahuel expresó “su gran satisfacción de recibir a Turkish Airlines, por el gran alcance que dará su extensa red de conexiones, a los pasajeros que viajen desde y hacia Santiago”.