Uno de los conceptos que debutará si se aprueba la nueva Constitución será el de pluralismo jurídico, que reconoce los ordenamientos jurídicos de los pueblos indígenas en convivencia y coordinación con el Sistema Nacional de Justicia. Se trata, como suelen coincidir los abogados convocados por el Distrito Federal este lunes, de darle espacio a las costumbres indígenas como fuente de derecho y, como tal, se alinea con la plurinacionalidad enunciada en la carta fundamental.
De ahí que la opinión mayoritaria sugiera que la ley deberá resolver la coordinación, así como los alcances de uno y otro bajo la lógica de que ambos sistemas se apegan al respeto a los derechos fundamentales establecidos por la propia Carta Magna.
Marisol Peña, profesora investigadora del Centro de Justicia Constitucional de la Universidad Del Desarrollo; Tomás Jordán, profesor de derecho constitucional de la Universidad Alberto Hurtado y coordinador del Observatorio Nueva Constitución; Claudia Sarmiento, profesora de derecho constitucional de la Universidad Alberto Hurtado; y José Francisco García, profesor de derecho constitucional de la Universidad Católica, ahondaron en el alcance de seis temas ya presentes en el texto en construcción. El ejercicio buscó responder parte de las dudas que con mayor frecuencia repiten hoy los ciudadanos.
Principales propuestas del borrador
pluralismo jurídico. El Estado reconoce los ordenamientos jurídicos de los Pueblos Indígenas, que en virtud de su derecho a la libre determinación conviven coordinados en igualdad de condiciones con el Sistema Nacional de Justicia.
Deberán respetar los derechos fundamentales establecidos por esta Constitución y los tratados e instrumentos internacionales sobre derechos humanos de los que Chile sea parte. La ley determinará los mecanismos de coordinación, cooperación y resolución de conflictos de competencia entre los ordenamientos jurídicos indígenas y las entidades estatales.
Acceso a la justicia intercultural. Es deber del Estado velar por que los órganos intervinientes en el proceso respeten y promuevan el derecho de acceso a la justicia con una perspectiva intercultural.
Las personas tienen derecho a asistencia jurídica especializada, intérpretes, facilitadores interculturales y peritajes consultivos, cuando así lo requieran y no puedan hacerlo por sí mismas.
Tribunales Administrativos. Los Tribunales Administrativos conocen y resuelven las acciones dirigidas contra la Administración del Estado o promovidas por ésta y las demás materias que establezca la ley.
Habrá por lo menos un Tribunal Administrativo en cada región del país, el cual podrá funcionar en salas especializadas.
Los asuntos dentro de la jurisdicción de estos tribunales no pueden someterse a arbitraje.
La ley establecerá un procedimiento unificado, sencillo y expedito para conocer y resolver tales asuntos.
Impugnaciones contra las decisiones de la jurisdicción indígena. La Corte Suprema conocerá y resolverá las impugnaciones deducidas contra las decisiones de la jurisdicción indígena, en sala especializada y asistida por un equipo técnico asesor integrado por expertos en su cultura y derecho propio, en la forma que establezca la ley.
Consejo de Justicia. El Consejo de Justicia es un órgano autónomo, técnico, paritario y plurinacional, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto fortalecer la independencia judicial. Tiene a su cargo el nombramiento, gobierno, dirección, formación y disciplina en el Sistema Nacional de Justicia.
Sarmiento: respeto a los derechos fundamentales
En la actualidad, gráfica la abogada Claudia Sarmiento, la fuente del derecho, de donde se generan las normas, es un sistema donde existen dos órganos colegisladores: el Presidente y el Congreso, a lo que se suma la interpretación de los tribunales. Pero, en la medida en que se reconozca el plurinacionalismo, esa forma le otorgará valor a la costumbre indígena como fuente de derecho. Así nacerá un sistema de justicia, es decir, “un grupo de personas que van a decir ‘soy juez y como juez en tierras indígenas digo lo que es el derecho indígena’”. Y ese es un proceso que se va a entregar a la ley, con los lineamientos generales de la Constitución que se propone plebiscitar en septiembre. Todo, bajo la lógica del respeto a los derechos fundamentales y un escenario, donde Sarmiento estima que la Corte Suprema será la instancia que, en última instancia, unifique cuál es la última interpretación de la ley.
Jordán: la oportunidad que la Convención perdió
Entendiendo que el pluralismo jurídico se circunscribe a la costumbre de los pueblos originarios en función de cómo resuelven sus problemas, Tomás Jordán considera un error que la Convención Constitucional no haya precisado los alcances de este cambio, es decir, a quiénes afecta, las materias que domicilio y lugar a que se refiere. En el caso de Bolivia, explica que la Constitución regula que sea entre personas que pertenecen a un mismo pueblo y los temas que se traten. Lo anterior, además, bajo un paraguas que sea consistente con el respeto a los parámetros establecidos por la misma carta fundamental. “Ninguna costumbre indígena podría pasar a portar derechos fundamentales y derechos humanos”, destaca. En todo caso, no ve este concepto como uno de los más difíciles de la Constitución. En su opinión, ha habido una crítica “sobredimensionada”.
estado colonial, el punto de partida de Peña
Para Marisol Peña, el pluralismo jurídico parte de la constatación de un Estado colonial que no ha sido capaz de reconocer la existencia de culturas ancestrales con una cosmovisión compatible con la forma en que el Estado se ha organizado y decidido su convivencia. Dicho lo anterior, considera que la preocupación actual sobre el tema surge por el hecho de que este nuevo sistema o sistemas de justicia indígena estarán constituidos por costumbres ancestrales, asumiendo un plano de igualdad con el llamado Sistema Nacional de Justicia, que en el la práctica ha demostrado que “no es así”. “Esto no me parece que fluya exactamente igual de la lectura de la norma constitucional tal como es”, dice. Y, por tanto, es materia que tendría que determinar la ley, la coordinación de los dos sistemas, la cooperación, la resolución de los conflictos de competencia.
García y el factor de la interculturalidad
Aunque José García señala que la Convención podría haber puesto “límites” más claros al pluralismo jurídico en la Constitución -lo que habría dejado a “varios” respirando con tranquilidad y evitado los “excesos retóricos” de las críticas-, añade un aspecto al debate: la interculturalidad. . Es decir, más allá de la coordinación e igualdad que debe prevalecer en la convivencia del nuevo régimen, se pregunta qué sucede si los miembros de las comunidades indígenas acuden al Sistema Nacional de Justicia, cuál es el papel que tiene su derecho y cuáles son las condiciones de acceso. Esto, dice, es similar al estándar de enfoque de género que se requiere desde la perspectiva jurisdiccional. Se trata, profundiza, de conocer mejor a la persona involucrada, pero no como una acción afirmativa de resultado, sino en el sentido de darle más imparcialidad al juez que está fallando y que está fallando el asunto.
JPMorgan Chase incorporará los bonos soberanos de India a su índice de referencia para los mercados emergentes, un acontecimiento muy esperado que podría generar miles de millones de dólares en entradas de capital extranjero para el mercado de deuda del país.
El proveedor de índices añadirá los títulos al índice JPMorgan Government Bond Index-Emerging Markets a partir del 28 de junio de 2024. El país del sur de Asia tendrá una ponderación máxima del 10% en el índice, según un comunicado emitido este jueves.
La inclusión en el índice se produce tras “la introducción por parte del Gobierno indio del programa FAR en 2020 y las reformas sustanciales del mercado para ayudar a las inversiones de cartera extranjeras”, dijo en un comunicado el equipo dirigido por la jefa global de investigación de índices de la firma, Gloria Kim. Casi tres cuartas partes de los inversores encuestados estaban a favor de la inclusión de India en el índice.
La incorporación de India a uno de los principales índices mundiales dará a los inversionistas un mayor acceso a la gran economía de más rápido crecimiento del mundo, que ofrece algunos de los rendimientos más altos de la región. Según HSBC Holdings, la inclusión también puede provocar flujos de hasta US$ 30 mil millones.
Cisco anuncia mayor adquisición de su historia en una compra calificada como la “Moby Dick” de la industria tecnológica
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La quiebra de la constructora Claro, Vicuña, Valenzuela (CVV), ocurrida a fines de 2022, suma nuevas acciones judiciales.
La AGF de Vantrust Capital, administradora del Fondo de Inversión Privado (FIP) Vantrust CVV II, que a su vez es el principal acreedor de la constructora, se querelló en contra de un grupo de aportantes ligados a los dueños de la empresa.
La acción legal de Vantrust está dirigida en contra de la sociedad Inversiones El Bosque Dos (mediante la cual los hermanos Claro Vial son accionistas de CVV), Margarita Bezanilla (esposa de Pablo Claro Vial) y María Catalina Lyon (casada con Luis Alberto Claro Vial).
La firma sostuvo que los querellados formaban parte de una serie subordinada que, en caso de pérdidas en la cartera, pagaría la rentabilidad mínima esperada y el capital aportado por los inversionistas preferentes.
La gestora acusa a esta sociedad y al grupo de personas de ejercer administración desleal de patrimonio ajeno, luego que los querellados no acudieron a un aumento de capital solicitado para el fondo. Esta decisión habría impactado en $ 404 millones al patrimonio del fondo.
De acuerdo a la querella, el reglamento interno del fondo establecía que los aportantes querellados formaban parte de una serie subordinada, cuyo capital invertido se ocuparía en caso de pérdidas para pagar una rentabilidad mínima a los inversionistas preferentes.
Al no suscribir el aumento de capital, el valor de la cartera no fue suficiente para cubrir los aportes de capital y el retorno de la serie preferente.
La estructuración del FIP
El fondo privado inició sus operaciones en marzo de 2021 e invirtió en la constructora a través de 50% en capital de trabajo y 50% en operaciones de confirming, con un plazo total de 18 meses.
Para entrar al fondo, existían dos series de cuotas: la primera, subordinada y reservada para personas relacionadas a la constructora; y la segunda o preferente, compuesta por clientes de Vantrust, con un retorno esperado de 0,7% nominal mensual.
Esta última rentabilidad dependía de los aportes de los accionistas de la constructora. En tanto, la subordinada recibirá cualquier exceso al retorno esperado de la preferente, sin límite a los montos que pudieran alcanzar.
“Gozará de los beneficios y soportará las eventuales pérdidas que puedan originarse con ocasión de la inversión del fondo”, señala el reglamento interno del FIP sobre la categoría reservada para personas relacionadas a CVV.
Vantrust estableció en el reglamento que el fondo debería cumplir un ratio mínimo para la serie subordinada, la que debía representar siempre el 25% del patrimonio del vehículo.
En caso de disminuir ese porcentaje, los aportantes de esta serie debían enterar nuevos aportes para reestablecer los mínimos exigidos.
El aumento de capital
La decisión de llamar a un aumento de capital para la serie subordinada se tomó el 25 de noviembre de 2022 en una asamblea de aportantes del FIP, casi un mes después de que CVV se declarara en quiebra.
Según se relata en la acción judicial, a la fecha de la liquidación voluntaria de la constructora, el fondo mantenía en su cartera pagarés, operaciones de confirming e intereses por $ 6.551 millones.
Sobre la base de un modelo de deterioro, se calculó que la pérdida estimada de la cartera del fondo, -tras la quiebra de CVV- podría alcanzar los $ 3.590 millones. De esta manera, la nueva valorización se ubicaría en $ 2.950 millones.
“El valor calculado de la cartera del fondo no alcanzaría siquiera a pagar el retorno esperado correspondiente a la serie preferente, ya que aún destinando el 100% del nuevo valor de la cartera ($2.954.901.033) al pago del retorno esperado y el capital aportado por los aportantes de la serie preferente, de conformidad a lo dispuesto en el reglamento interno del fondo, existe un saldo que no alcanza a ser cubierto”, sostiene la querella.
El 28 de noviembre de 2022, Vantrust concretó un llamado de capital por casi $ 1.000 millones para la serie subordinada del vehículo para cubrir el saldo. El plazo máximo para suscribir el aumento de capital fueron cinco días hábiles.
Sin embargo, transcurrido el plazo, los accionistas de CVV no suscribieron la operación, incurriendo, según la AGF, en el delito de administración desleal del patrimonio del resto de los aportantes del fondo.
“Esta notificación fue realizada a todos los querellados, los que válidamente emplazados a cumplir con su obligación, no realizaron los aportes a los que están obligados por ley y por reglamento, generando consecuencialmente un perjuicio total estimado en $ 404.518.358”, acusó Vantrust en la querella.
La acción penal sostuvo que Inversiones El Bosque Dos habría ocasionado un perjuicio estimado de $ 157 millones, Bezanilla $ 82 millones y Lyon $ 164 millones.
La plataforma de ChileCompra, Mercado Público, se ha ido restableciendo en forma paulatina desde la noche del 19 de septiembre, luego de un ataque cibernético que afectó a su proveedor de infraestructura IFX Networks.
La directora de ChileCompra, Verónica Valle, informó en la tarde de este jueves que los servicios todavía no se encuentran disponibles en su totalidad, y agregó que en esta plataforma se transan más de US$ 15.000 millones al año.
“Por ahora restablecimos las ocho funcionalidades principales y estamos ampliando la infraestructura del sistema de contingencia para tener la capacidad de procesamiento suficiente para soportar todas las funcionalidades de la plataforma”, señaló la directiva.
El detalle de los avances
Valle agregó que en las últimas 24 horas, las entidades han emitido 1.780 nuevas órdenes de compra a proveedores del Estado por montos sobre los US$ 11,3 millones, pero agregó que aún no se alcanzan las cifras habituales de transacciones en la plataforma.
La directora enfatizó que las necesidades de los compradores y proveedores del Estado son la prioridad ahora, por lo que están atendiendo todas las consultas a través de diferentes canales, además de tener contacto directo con sectores relevantes del Estado.
Este ataque de ciberseguridad es considerado como uno de los mayores de Latinoamérica de los últimos años, y la principal tarea del servicio fue resguardar la seguridad de la base de datos “y esto se logró con el apoyo mancomunado de varias entidades del Estado pertenecientes al Ministerio de Hacienda, Interior y Segpres” señaló Valle.
Además, agregó que “lo más complejo en este periodo fue que IFX Networks no tuvo una comunicación oportuna y clara, y tampoco nos dieron -por cerca de 1 semana- tiempos de solución respecto a lo ocurrido”, detalló la titular del servicio.
Organismos retoman sus procesos
Desde ChileCompra indicaron que todas las licitaciones de publicidad y aún abiertas a las 23:59:59 horas del 11 de septiembre (día del ataque) quedaron suspendidas. Este estado permitió que, a partir del restablecimiento de Mercado Público, los mismos organismos públicos determinen la ampliación de plazos.
Agregan que a las 14:00 horas de hoy jueves se ha verificado que de las 5.260 licitaciones suspendidas, las entidades públicas ya cambiaron el estado en 1.995con el siguiente detalle:
– Se mantienen publicadas 1.842 licitaciones – Fueron cerradas 89 licitaciones – Las entidades declararon desiertas 39 licitaciones – Y fueron revocadas 17 licitaciones
El servicio señaló que sigue monitoreando minuto a minuto la plataforma para ir detectando los problemas que puedan surgir y trabajar en restablecer la data histórica de las compras públicas.